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Adidas y una marca belga están en una disputa que lleva ya 10 años.
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La marca alemana dice que sus tres líneas paralelas en cualquier prenda o calzado son claramente identificatorias de sus productos.
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El segundo máximo tribunal europeo dice que no es válido ese argumento para toda la EU. A Adidas sólo le queda una instancia de apelación.
En un fallo inesperado y que seguramente generará polémica, la Justicia de la Unión Europea no le permitirá a Adidas (ni a ninguna otra) registrar tres franjas una al lado de la otra. El segundo tribunal más alto de Europa calificó a las líneas como “una marca figurativa ordinaria”.
La decisión del Tribunal General de la Unión Europea (TGUE) respalda una decisión de las autoridades del organismo que regula la propiedad intelectual en la región (EUIPO) sobre la negativa para que Adidas registrara esas tres líneas paralelas.
El tribunal dijo que Adidas no había demostrado que su marca de líneas paralelas “estuviera lo suficientemente clara en la mente de los consumidores europeos”. Es decir, no sirven automáticamente para distinguir el producto como perteneciente a la empresa alemana.
También explicó en el fallo que la compañía sólo proporcionó pruebas de su “carácter distintivo adquirido” en cinco de los 28 estados miembros de la UE. Como tal, la marca “no puede, en el presente caso, ser extrapolada a todo el territorio de la Unión Europea”.
“No es una marca de patrón compuesta por una serie de elementos regularmente repetitivos, sino una marca figurativa ordinaria”, apuntó el tribunal.
En 2014, las autoridades que regulan la propiedad intelectual de la UE aprobaron la marca de tres franjas de Adidas. Sin embargo, la empresa con sede en Bélgica Shoe Branding Europe BVBA lo desafió, diciendo que la marca no era lo suficientemente clara.
Dos años más tarde, la Oficina de Propiedad Intelectual de la UE anuló la marca registrada de Adidas, siguiendo el pedido de una queja de la compañía belga, publicó DW.
La decisión aún puede ser apelada en el Tribunal de Justicia Europeo (TJUE), el máximo tribunal de la UE. Adidas tiene dos meses para hacerlo.
Una larga historia de 10 años
Todo comenzó en realidad en 2009, cuando Shoe Branding Europe BVBA intentó registrar como marca en la Oficina Europea de la Propiedad Intelectual (EUIPO) una zapatilla con dos rayas paralelas colocadas en ángulo en el lateral del calzado, explica El País.
Adidas se opuso argumentando que eran muy similares a sus tres rayas y que la empresa belga se aprovechaba de eso. La EUIPO le denegó a Shoe Branding el registro en dos decisiones, en 2015 y 2016.
En aquel 2009, Adidas tenía registrado su logo de tres hojas, el de tres bandas una más corta que la otra y otras imágenes identificatorias, pero no las tres rayas colocadas sobre prendas como constitutiva de una marca en sí misma.
Esto lo pidió recién en el año 2013, cuando detalló ante el organismo: “Tres bandas, paralelas, equidistantes, de igual anchura y colocadas en cualquier dirección sobre ropa, calzado y prendas para la cabeza”.
La EUIPO le dio un primer permiso, pero la empresa belga se opuso. “Si ellos no podían registrar dos rayas, Adidas tampoco debería poder hacerlo con tres, era su argumento”, dice el medio español.
Así, la EUIPO revirtió su decisión, anuló el registro y la disputa terminó en la Justicia.
Ahora, el TGUE confirmó esa nulidad.