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Los anuncios de trabajo ubicados en plataformas digitales y tradicionales que determinan una edad para participar son discriminatorios.
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Si bien las empresas piensan en la rentabilidad econĂłmica, olvidan que mientras lo hacen excluyen.
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La SCJN determinĂł que el requisito es discriminatorio en 2014, pero actualmente se sigue perpetuando.
Al buscar empleo en plataformas o anuncios tradicionales es comĂşn leer un limite de edad. Ello, apoyado en estereotipos o estigmas asociados a la edad, en el caso de los jĂłvenes refiere a una poca experiencia profesional; mientras tanto, los mayores tienen en sus frentes el letrero de poca adaptaciĂłn a la digitalizaciĂłn, cambios o flexibilidad; no obstante, todo requerimiento contractual está vinculado a la rentabilidad econĂłmica, pero las empresas olvidan que la Suprema Corte de Justicia de la NaciĂłn (SCJN) determinĂł que poner un lĂmite de edad en las vacantes las hace discriminatorias.
Pese a que el amparo de revisión se otorgó en 2014, las empresas continuan con las malas prácticas.
El origen de la determinación se remota a 2007 cuando una persona publicó en el periódico vacantes para la industria restaurantera y tres personas presentaron demandas por daño moral al considerar que los rangos de edades eran discriminatorios. Ante el hecho, un Juez de lo Civil del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal no otorgó el amparo debido a que la empresa solo fijo los parámetros de contratación.
Frente a una resoluciĂłn que no tomaba en cuenta el derecho a la no discriminaciĂłn y el derecho al libre acceso al empleo, los actores promovieron una apelaciĂłn y esta fue confirmada hasta febrero de 2013.
Y es que el limite de edad “vulnera de forma fragante la dignidad de las personas, al fomentar la exclusión por cuestión de edad generándose asà un grupo vulnerable”, dice el Licenciado Héctor Musalem Oliver en su crónica “La edad como factor de discriminación en el mercado laboral”.
Ese, entre otros puntos de defensa, hicieron que el Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito dictará sentencia, pero de nuevo el amparo fue negado. Entre apelaciones y recursos de revisión, los quejosos nunca se rindieron hasta que se enfrentara el principio de contratación al principio de igualdad en el ámbito de empleo.
Por mayorĂa de votos el 12 de noviembre de 2014 se resolviĂł el recurso de revisiĂłn a favor de los quejosos.
Pese a que sean discriminatorias, vacantes con lĂmite de edad siguen presentesÂ
El mundo del trabajo ha evolucionado a tal punto que la igualdad, equidad e inclusión son un punto clave para el desarrollo y crecimiento del negocio. En ese panorama, no importa la condición de la persona siempre y cuando cumpla con las competencias y pueda desempeñarse efectivamente.
No obstante, vacantes siguen perpetuando los requisitos discriminatorios por edad pensando en la rentabilidad de su empresa.
Es fácil encontrar la perpetuaciĂłn de la discriminaciĂłn en bolsas de trabajo, por ejemplo, en Indeed al poner la palabra clave “abogado” se desprende la vacante de Orientador y Asesor Informativo de la empresa U.S. Live Digital Marketing LLC y en la descripciĂłn completa del empleo se puede leer: edad de 25 a 50 años. Si bien, toma un amplio rango de edad, este no deberĂa de existir conforme a la determinaciĂłn de la SCJN.