México, D.F.- La industria tabacalera en nuestro país se encuentra liderada por dos grandes empresas internacionales, dejando poco espacio a las pequeñas corporaciones que buscan entrar al mercado. Se estima que genera más de 268 mil millones de dólares al año a nivel mundial. Veamos a continuación los principales jugadores de este mercado en México, datos sobre el comportamiento de los fumadores y las legislaciones a razón de este tema.
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Para empezar citaremos a Euromonitor International, que señala que la industria tabacalera en México está liderada por dos grandes empresas internacionales: British American Tobacco y Philip Morris International, con sus correspondientes filiales: British American Tobacco Mexico y Cigarros La Tabacalera Mexicana; las cuales representan el 98 por ciento del mercado. El restante 2 por ciento del volumen de ventas lo obtienen pequeñas empresas como Ciroomex (pequeña fabricante mexicana que se centra principalmente en las exportaciones), Cohiba, Romeo y Julieta (cigarrillos cubanos), Séneca (de Canadá), y Davidoff.
En 2010 se impone un nuevo impuesto sobre consumo de 0.1 centavos por cigarrillo de 0.75 gramos, lo que conllevó al aumento de 2 pesos en el costo de paquete de cigarros; aumento que obviamente tuvo una afectación en la demanda, ya que de acuerdo a la Instituto Nacional de Salud Pública (INSP). a nivel mundial un incremento en el precio del 10 por ciento reduce la demanda entre 2.5 y 5 por ciento, sin embargo determina que en países de ingresos medios, como el nuestro, la demanda baja hasta en un 8 por ciento; pero esto no es del todo válido en el tema de cigarros, puesto que estamos hablando de que se trata de un producto que genera gran adicción y que existen pocos sustitutos, por lo cual los productores se ven facultados a elevar los precios sin haber tanta afectación; pero que es algo que las organizaciones en pro de la salud buscan para disminuir los altos índices de mortalidad causados por fumar.
La industria tabacalera es controversial, la OMS señala que 5 millones de personas mueren al año por causas del tabaco; lo que se estima que el año 2030 éstas aumentarán a 8 millones de personas al año. Antes de llegar a estas fatales consecuencias, se determina que se gastan más de 75 mil millones de pesos al año en la atención de enfermedades relacionadas al tabaquismo, conforme a lo dicho por (INSP), quien también indicó que México es el sexto lugar mundial en número de fumadores y el segundo en fumadoras. Datos que proyectaban la importancia de implementar acciones en busca de la concientización de los daños provocados, fue así que surgió una legislación en 2008, que luego fue modificada en 2010.
La Ley General para el Control del Tabaco, es el documento en el que se establece la regulación, orientación, educación, prevención, producción, distribución, comercialización, importación, consumo, publicidad, promoción, patrocinio, muestreo, verificación y en su caso la aplicación de medidas de seguridad y sanciones relativas a los productos del tabaco. En el tema que nos enfocaremos es en lo concerniente a Empaquetado y Etiquetado (Título Tercero, capítulo primero):
- En su artículo 18 se indica que “en los paquetes de productos del tabaco y en todo empaquetado y etiquetado externo de los mismos, de conformidad con lo establecido en esta Ley, sus reglamentos y demás disposiciones aplicables, deberán figurar leyendas y pictogramas o imágenes de advertencia que muestren los efectos nocivos del consumo de los productos del tabaco.”
- Deberán ser formuladas y aprobadas por la Secretaría, deben ser de alto impacto, legibles, visibles, ocupar al menos el 30 por ciento de la cara anterior, 100 por ciento de la cara posterior y el 100 por ciento de una de las caras laterales del paquete y la cajetilla.
- De manera enunciativa más no limitativa quedan prohibidas expresiones tales como “bajo contenido de alquitrán”, “ligeros”, “ultra ligeros” o “suaves”.
- Deberá figurar la declaración: “Para venta exclusiva en México”.
Es por esta razón que en la cajetillas se observan por ejemplo: imágenes de lo que parece ser un feto sobre colillas de cigarros, acompañada de “si fumas durante el embarazo puedes sufrir un aborto”, o una rata tirada “Fumando te buscas una muerte lenta y dolorosa” o la de una mujer que aparentemente no puede respirar y usa mascarilla de oxigeno y que se acompaña de “Fumando aumentas veinte veces tus probabilidades de morir por cáncer de pulmón”, o una niña llorando sobre un cadáver “Si debilitas las arterias y duplicas el riesgos de morir por un ataque al corazón”.
El otro apartado en el que haremos una parada es el Capítulo II: Publicidad, promoción y patrocinio:
- “Queda prohibido realizar toda forma de patrocinio, como medio para posicionar los elementos de la marca de cualquier producto del tabaco o que fomente la compra y el consumo de
productos del tabaco por parte de la población”. (Artículo 23). - La publicidad y promoción será sólamente dirigida a mayores de edad, por medio de revistas para adultos, comunicación personal por correo o dentro de establecimientos de acceso exclusivo para adultos.
- “Se prohíbe emplear incentivos que fomenten la compra de productos del tabaco y no podrá distribuirse, venderse u obsequiarse, directa o indirectamente, ningún artículo promocional que
muestre el nombre o logotipo de productos del tabaco” (Artículo 24).
Por último, daremos a conocer datos de la Encuesta Global de Tabaquismo en Adultos (GATS) México 2009 se señaló que en nuestro país existen 10.9 millones de fumadores de más de 15 años, de los cuales 8.1 millones son hombres y 2.8 mujeres. De los casi 11 millones, el 48 por ciento fuma diariamente, las mujeres fuman en promedio 8.4 cigarros al día, mientras que los hombres 9.7; la edad de inicio es de 16.3 años en los varones y 16.8 en las mujeres. También se señaló que el 76.5 por ciento compran las cajetillas de cigarrillos en tiendas, con un gasto promedio mensual de 456.8 pesos.