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Las personas morales tienen hasta el 31 de marzo para presentar su declaraciĆ³n anual.
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Las personas fĆsicas aĆŗn podrĆ”n cumplir con su responsabilidad fiscal del 1 al 30 de abril.
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Ambos deben cumplir con requisitos especĆficos del SAT para no ser fuertemente multado.
Toda persona moral en MĆ©xico debe realizar su declaraciĆ³n anual ante el Servicio de AdministraciĆ³n Tributaria (SAT) para evitar ser acreedor de una multa econĆ³mica, por lo que este mes es la fecha clave para hacer cuentas.
Primero que nada debes saber que el SAT ampliĆ³ su horario de atenciĆ³n en oficinas, del lunes 7 al 11 y del 22 al 25 de marzo, de 9:00 a 17:00 horas. Esto, para poder adquirir el Registro Federal de Contribuyentes (RFC), la contraseƱa del SAT y la firma electrĆ³nica, tambiĆ©n llamadaĀ e.firma, pues sin estos documentos no podrĆ”s acceder a la plataforma.
DeclaraciĆ³n anual ante el SAT
Para poder hacer tu declaraciĆ³n anual y comprobar que tanto tus gastos como tus ingresos son legĆtimos, debes tener vigente tu firma electrĆ³nica y reconocer quĆ© tipo de contribuyente eres, moral o fĆsico. Las personas morales tienen hasta el 31 de este mes, mientras que las fĆsicas deberĆ”n concluir el trĆ”mite del 1 al 30 de abril de 2022.
AdminĆstrate muy bien a la hora de hacer tu declaraciĆ³n, pues es un trĆ”mite irremplazable y fiscal del que depende gran parte de tu ingreso. Los cĆ”lculos finales de las obligaciones del aƱo fiscal son importantes.
- Construye tu declaraciĆ³n con los insumos contables de todos los dĆas,. es decir, asegĆŗrate de que tu cierre de aƱo refleje la situaciĆ³n financiera de tu empresa o tus servicios de manera puntual y sustentada con evidencias (facturas principalmente). El saldo de los bancos que refleja tu estado financiero estĆ” considerado como prueba, pues los estados de cuenta tuyos o de tus clientes deben ser recuperables.
- Reconoce principalmente los conceptos entre ingreso y ganancia en el Ɣmbito fiscal: un ingreso es cualquier cosa que incrementa el patrimonio, mientras que la ganancia es el resultado de restar los gastos de tus ingresos.
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Es importante que distinguir los diferentes tipos de ingresos reportados: ingresos facturados, ingresos cobrados no facturados, ingresos devengados (servicios prestados, pero no cobrados, ni facturados), ingresos por anticipos e ingresos cobrados de ejercicios anteriores.
- Solicita comprobante fiscal en todas tus compras.
- Identifica los pagos realizados y facturas pendientes a personas fĆsicas, sociedades y asociaciones civiles.
- Deduce gastos indispensables: debe ser āestrictamente indispensableā para los fines de la actividad del contribuyente.
- Se deben cuidar aspectos tĆ©cnicos como los sueldos y salarios exentos y las prestaciones pagadas vĆa nĆ³mina.
- Vales de despensa.
- Aguinaldo en la parte que no exceda la exenciĆ³n de ley.
- Fondo de ahorro.
- PTU en la parte que no exceda la exenciĆ³n de ley.
- Prima vacacional.
- Rendimientos de cajas de ahorro.
Lo que sĆ es deducible
Los requisitos del ArtĆculo 20-A del CĆ³digo Fiscal de la FederaciĆ³n son claras, toda erogaciĆ³n realizada debe ser amparada por un comprobante, pues de no realizarse cada contribuyente estarĆa perdiendo hasta el 30 por ciento del valor de cada gasto o inversiĆ³n que realiza durante el aƱo.
- Salud: honorarios mĆ©dicos, dentales y por servicios en materia de psicologĆa y nutriciĆ³n.
- Gastos hospitalarios y medicinas facturadas por una instituciĆ³n de emergencia.
- AnĆ”lisis mĆ©dicos, prĆ³tesis, compra de lentes Ć³pticos graduados, primas por seguros de gastos mĆ©dicos.
- EducaciĆ³n: colegiaturas en instituciones privadas con validez oficial y para nivel de educaciĆ³n bĆ”sica.
- Gastos funerarios del cĆ³nyuge/concubino, padres, abuelos, hijos, nietos.
- Intereses devengados y pagados por crƩditos hipotecarios contratadoscon el sistema financiero, INFONAVIT o FOVISSSTE.
- Donativos entregados a instituciones autorizadas.
- Aportaciones complementarias de retiro de aportaciĆ³n voluntaria a planes personales (Afore).
Lo que no es deducible
- Ropa de niƱos.
- Gastos por seguro de vida o de retiro.
- Gastos de taxis, gasolina, transporte pĆŗblico.
- Productos del hogar de higiene y limpieza.
- Medicamentos adquiridos en una farmacia que no sean incluidos en la factura por hospitalizaciĆ³n.
- Pagos por concepto de transporte escolar si no es obligatorio por el colegio.
- Donativos que no hayan sido otorgados a donatarias autorizadas.
No presentar la declaraciĆ³n anual ante el SAT puede representar multas econĆ³micas desde mil 400 a 38 mil 730 pesos, mientras que realizarla fuera del plazo puede costar entre mil 400 y 34 mil 730 pesos.
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