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La empresa debe llegar a un acuerdo con sus trabajadores para saber qué se va a hacer y cómo.
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Para el “home office” también aplican los mismos términos de la Ley Federal del Trabajo.
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Se debe crear un sistema, dado que trabajar de más, sí tendría que pagarse por ley.
El “home office” o trabajo en casa es nuevo para muchos, tanto trabajadores como empresas. Pero debido a la pandemia por COVID-19, muchos se vieron en la obligación de implementar este nuevo método. A final de cuentas, muchos trabajos ya se realizaban desde un escritorio, apoyados solamente con una computadora e internet. Lo complicado, ahora, es cómo hacer que esos procesos funcionen. Pudiera parecer muy fácil o cómodo, pero nada es lo mismo a distancia, cuando sólo te tienes que levantar de la cama y saltar directo a tu escritorio.
Lo importante es saber cómo mantener un control. Horarios y actividades, antes eran muy claros a la vista, al asistir a una oficina, donde incluso con tu huella digital podías señalar fácilmente tu horario de entrada y salida. Ahora no sólo este tipo de artefactos quedan fuera de la jugada, sino que si estás trabajando desde la comodidad de tu hogar, tal vez no sea tan sencillo medir tu eficacia, más allá de un cumplimiento de horarios. ¿Qué dice la ley y qué se puede hacer al respecto?
Establecer la rutina
Lo primero que se debe hacer es hablarlo con todos. La empresa debe llegar a un acuerdo con sus trabajadores para saber qué se va a hacer y cómo. Se tiene que acordar cuáles son los horarios de entrada, el número de horas que se deben trabajar, la cantidad de resultados que deben dar en un periodo determinado y hasta una agenda donde se dividan y asignen las actividades. Es importante que esta política de “home office” quede bien clara y haya un fuerte compromiso por parte de todos.
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Lo que dice la ley
Lamentablemente, no existe una legislación específica en México respecto al “home office”. En el artículo 311, se le llama “trabajo a domicilio” a aquellas actividades que se llevan a cabo a distancia por medio de la tecnología, así que, en teoría, para estas labores también aplican los mismos términos de la Ley Federal del Trabajo. Las obligaciones de ambas partes son las mismas y esto incluye prestaciones, horarios y carga laboral. Sin embargo, como ya mencionamos, esto se tiene que dar de mutuo acuerdo y, de ser posible, por escrito.
Un control complicado
No existe una garantía de cómo contar las horas cuando el empleado está desde su casa. Según la ley, más de 48 horas semanales se toma en cuenta como trabajo extra, pero dado que en “home office” el tiempo se administra diferente, es importante tomar en cuenta otros aspectos. Por un lado, se omiten los trayectos hacia la oficina de ida y vuelta, lo que también ahora minutos y hasta horas. ¿Cuándo son “horas extra”, entonces? Eso debería determinarlo cada compañía. Se debe crear un sistema, dado que trabajar de más, sí tendría que pagarse por ley.
Existen muchas herramientas tecnológicas que ayudan a llevar un mejor control o bien se pueden establecer entregas específicas. El hecho de hacer “home office” no significa que el trabajo tenga que tomarse a la ligera, ni tampoco que se deba cargar más de la cuenta.