- Un juez había avalado el recurso interpuesto por los senadores, lo que ponía en jaque la propuesta de reforma hecha por el poder ejecutivo.
- Los artículos impugnados versan sobre los permisos otorgados por la autoridad en materia de hidrocarburos y su revocación.
- El Ministro Alberto Pérez Dayán rechazó la demanda porque los senadores no incluyeron sus firmas originales, solo copias.
Hace apenas unas semanas, se daba a conocer la intención del presidente de la república, Andrés Manuel López Obrador, aplicar una reforma a la Lay de Hidrocarburos vigente en nuestro país, que hasta el momento permite la comercialización de gasolinas y diesel por parte de empresas internacionales. Los senadores de la oposición marcaron su claro rechazo y por vía del juez Gómez Fierro se interpuso un recurso para ‘meterla a la congeladora’, peor ahora la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) la ha desechado, lo que marcaría el inicio de su estudio y posterior aplicación.
Según datos proporcionados por Statista, en febrero de 2021, el número de estaciones de servicio bajo la marca de PEMEX alcanzó las 7,735 estaciones, lo cuál representó una caída de alrededor del 13 por ciento en comparación con el número de gasolineras que la paraestatal reportó durante el mismo mes en 2020. Por el contrario, el número de gasolineras con imagen comercial de alguna otra empresa privada ha ido en aumento, reportando un récord de más de 5,000 estaciones de servicio en febrero de 2021.
Por ahora el Grupo Gasolinera G500, hasta hoy el más grande del país cuenta con 1,800 estaciones de servicio y desde 2017 trae combustible de la firma suiza Glencore, la cual, por los próximos 11 años, le entregará 180,000 barriles diarios de gasolina y diésel. A G,500 le siguen estaciones de servicio de las marcas BP, Petro7 o Gulf, mientras que las mexicanas son Oxxo Gas, La Gas o Hidrosina. Esta situación estaría punto de verse modificado con la llegada de esta reforma a la Ley luego de las acciones de la SCJN
La SCJN saca del congelador a la Ley de Hidrocarburos
La Suprema Corte desechó “por notoria y manifiesta improcedencia” la acción de inconstitucionalidad promovida por senadores de oposición contra la reforma a la Ley de Hidrocarburos, publicada el 4 de mayo pasado en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
”Se desecha de plano, por notoria y manifiesta improcedencia, la acción de inconstitucionalidad que hacen valer quienes se ostentan como Senadores integrantes de la LIV Legislatura del Congreso de la Unión”, dice un acuerdo publicado este jueves.
Señala que una vez que cause estado el presente auto, relacionado con la acción de inconstitucionalidad 91/2021, debe archivarse el expediente como asunto completamente concluido.
En mayo pasado, los senadores presentaron el recurso en el que impugnaron los artículos 51, fracción III; 53, párrafo segundo; 57 y 59 Bis; así como los artículos transitorios Cuarto y Sexto de la Ley de Hidrocarburos.
Dichos artículos están incluidos en el Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Hidrocarburos vigente a partir del 5 de mayo, día siguiente al de su publicación.
Los artículos impugnados versan sobre los permisos otorgados por la autoridad en materia de hidrocarburos y su revocación.
Al presentar su recurso los legisladores federales consideraron que dicha reforma viola los principios de legalidad y seguridad jurídica, ya que permite la acción arbitraria y unilateral de la autoridad.
Desde el 22 de abril, el Senado aprobó la reforma a la Ley de Hidrocarburos acusada por algunos partidos de ser “expropiatoria” porque permite a la Secretaría de Energía (Sener) del Gobierno tomar instalaciones privadas por “seguridad o interés nacional”.
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