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La reforma también modificó los artículos 111, 115, 159, 114, 210 y 215
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Ahora las marcas deberán desplegar datos nutrimentales más claros en sus etiquetas
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El sistema es similar al de Chile, que ha sido reconocido por su transparencia
Dentro del aspecto de responsabilidad social corporativa (CSR), cada industria y compañía tiene un punto de tensión importante. Para empresas que generan muchos empaques, como Coca-Cola y Amazon, tiene que ver con la contaminación ambiental. En el caso de las marcas de moda, la lucha gira en torno a la sustentabilidad del negocio. Para algunas Big Tech, el problema es curiosamente la situación de vivienda de las zonas donde se encuentran.
Las marcas de alimentos enfrentan otro problema: nutrición. No se trata tampoco de un reto menor. De acuerdo con la Organización Mundial de la Salud (WHO), mil 900 millones de adultos sufren de sobrepeso u obesidad en todo el mundo. El Global Nutrition Report además que, aunque se quiere reducir la incidencia de esta enfermedad para 2025, las cifras de hecho están peor que en 2012, cuando inició el proyecto. En México, la situación no es muy distinta.
De acuerdo con Borgen Project, en México alrededor del 13 por ciento de los niños con menos de 13 años tienen un problema de malnutrición. Además, uno en cuatro jóvenes sufren de sobrepeso u obesidad. Ante este reto, organizaciones de salud y de defensa del consumidor han perseguido reformas a la ley para que las marcas pongan etiquetados más claros en sus alimentos. Después de años de lucha, por fin consiguieron lo que querían, de forma oficial.
Es oficial: hay nuevo etiquetado de alimentos
Aristegui Noticias reportó el viernes que las reformas a la Ley General de Salud en materia de sobrepeso, obesidad y etiquetado de alimentos y bebidas no alcohólicas son oficiales. Esto porque por fin se han publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF). ¿Qué deben de saber las marcas de comida al respecto de esta nueva regulación? El Artículo 212 ahora exige colocar información nutrimental “de fácil comprensión, veraz, directa, sencilla y visible”.
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También la Secretaría de Salud podrá exigir a las marcas incluir “leyendas o pictogramas” si así lo cree necesario. Se contempla asimismo el uso de etiquetados de advertencia para declarar exceso en los niveles de contenido energético, azúcares, grasas, sodio y otros elementos. El artículo además reafirma que estos datos deben proporcionarse de forma separada a la lista de ingredientes. Los límites serán fijados por “las disposiciones normativas competentes”.
¿En qué podrían impactar las reformas a las marcas?
Las reformas que se publicaron en el DOF hace unos días son el último paso en una larga serie de acciones en México. En 2015, estudios revelaban que la mitad de los mexicanos no leían la información nutrimental de los productos. Para 2018, incidentes en Londres pusieron una vez más la cuestión de etiquetados alimenticios claros en la consciencia general. En septiembre se empezó a rumorar que se harían cambios a la legislación, que finalmente se votó este octubre.
Habiendo dicho eso, ¿sería posible que estos cambios regulatorios afecten la operación de las marcas? Posiblemente. Cuando menos, significará que las compañías tendrán que diseñar nuevos empaques que se ajusten a los requerimientos de la Ley General de Salud. Incluso si se cumplen los requisitos plenamente desde el principio, sería un gasto logístico adicional. Pero hay una duda más importante a considerar. ¿Perderían negocio a raíz de estos datos?
No se trata de una pregunta menor. El objetivo de los etiquetados claros es que las personas puedan ver con claridad cómo podría afectar su salud el tipo de alimentos que compran. Y, con algo de suerte, fomentar un cambio positivo en sus hábitos de consumo. A la vez, poco deberían temer las marcas. Si sus estrategias son buenas, no hay razón por la cual pensar que algo de información adicional pueda afectar mucho las preferencias de las audiencias.