A pesar del intento de amparo para que algunas líneas aéreas pasaran por alto algunas obligaciones con sus pasajeros en México, la Suprema Corte de Justicia de la Nación desechó las solicitudes, lo que garantiza que los intereses de los viajeros no se verán afectados.
Las líneas aéreas que interpusieron este recurso jurídico no son mexicanas, sino peruanas: Avianca Perú y LAN Perú, ellas buscaron evitar ciertas obligaciones que están estipuladas en la ley antes referida y también en la Ley federal del consumidor.
Algunas de estas medidas garantizan a los viajantes con alguna discapacidad que el avión transporte, sin costo alguno, cada uno de los elementos de los que se vale para su movilidad.
Además, las líneas aéreas que cuyos vuelos converjan en México se obligan a compensar a sus pasajeros en caso de retrasos de los cuales sea culpable la empresa de aviación. Por otra parte, se obligan a llevar, también sin costo, una maleta o paquete de hasta 25 kilogramos y en cabina hasta dos objetos.
Otra obligación que tienen las líneas aéreas es la de transportar de manera gratuita a niños de hasta dos años -sin que tengan derecho a un asiento-. cuando se acompañan de un adulto.
Se trata de una disposición aplicable a todos los pasajeros en México, que para dimensionar su volumen, supera los 35 millones de pasajeros de enero a septiembre sólo en el aeropuerto internacional de la Ciudad de México.