Por LeĆ³n Felipe SĆ”nchez AmbĆa
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De todos es sabido que las leyes y reglamentos muchas veces obstaculizan mĆ”s de lo que protegen o ayudan. En el caso de la industria de la mĆŗsica, la ley se ha convertido en la peor publicidad que pueda tener dicho sector. Lo mĆ”s grave es que, esa ley que tan mala imagen les causa, ha sido impulsada directamente por los cabilderos contratados para impulsar cambios a la legislaciĆ³n que regula los derechos de los autores y los titulares de derechos conexos.
Una de las formas mĆ”s eficientes para perder a un cliente es ofendiĆ©ndolo y atacĆ”ndolo. Justamente esto es lo que estĆ” pasando con la industria de la mĆŗsica y muchos consumidores y usuarios de internet a nivel mundial.
Dice Cory Doctorow que hay que imaginarnos a una persona que llega al supermercado y al momento de pagar sus compras recibe un golpe en la cara por parte del cajero. La reacciĆ³n lĆ³gica, ademĆ”s de un disgusto y tal vez una riƱa, serĆa no regresar a comprar a ese supermercado por ningĆŗn motivo. Si esto lo llevamos al mercado de la mĆŗsica, probablemente encontremos una de las causas, que no la Ćŗnica, del desplome de la industria musical.
Las recientes iniciativas impulsadas en la CĆ”mara de Diputados que pretenden, por un lado, establecer el pago de un canon o gravamen a los aparatos que permitan la grabaciĆ³n y reproducciĆ³n de contenidos asĆ como a los soportes fĆsicos que permitan grabar mĆŗsica y, por otro, aquella que pretende obligar a los proveedores de servicios de internet a monitorear el trĆ”fico de sus clientes y denunciar a aquellos que presuntamente intercambien archivos que contengan obras protegidas por la Ley Federal del Derecho de Autor son justamente ese golpe en la cara al consumidor que les compra lo que producen.
Uno esperarĆa que con el pago del canon digital, como se le conoce coloquialmente en EspaƱa, paĆs donde se ha implementado esta medida, se podrĆa copiar y reproducir libremente cualquier obra protegida por el derecho de autor debido a que, segĆŗn el espĆritu del canon, ya se habrĆa resarcido el probable daƱo al titular de los derechos de la obra de que se trate, sin embargo eso no es asĆ. En realidad, el canon digital no es visto de esta forma por quienes lo promueven. Por el contrario, es visto como una fuente adicional de ingresos que permita garantizar la subsistencia del agotado modelo de negocios de una industria que se niega a evolucionar.
De aprobarse una medida como esta, me parece que estarĆamos frente a la complicidad del Estado para convertirse en recaudador, mediante el brazo pĆŗblico, de dinero de particulares que, difĆcilmente encontrarĆan un mecanismo adecuado y transparente para poder repartir los ingresos que dicho gravamen les representara.
Por ejemplo, dado que dicho gravamen se aplicarĆa de forma indiscriminada, es de suponerse que en algĆŗn momento del aƱo a cada uno de nosotros nos deberĆa de llegar un cheque por concepto de regalĆas recaudadas a travĆ©s de este canon, considerando que hayamos quemado un disco con fotografĆas de nuestras vacaciones familiares, por ejemplo, y de las cuales somos autores. Nada mĆ”s lejano de la realidad que este sueƱo de opio.
Son las Leyes de Mercado
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