Buenos Aires, Argentina.- Una disposición en materia publicitaria obliga a las compañías de alimentos a aprobar toda acción publicitaria. Es para evitar que induzca a errores de comprensión, sean engañosas o predispongan a hábitos no saludables.
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A partir del 15 de octubre, rige en la Argentina la disposición 6516/2015 que obliga a las compañías de la industria de alimentos y bebidas a enviar a la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) “toda publicidad, tradicional o no, dirigida a la población en general, y presentar la pieza publicitaria correspondiente en el formato en que será difundida”, dice el texto.
La nueva norma busca “garantizar que la información provista sea veraz y objetiva”, ya que se trabaja en el preconcepto de que las compañías de alimentos y bebidas, a través de su publicidad, inducen a “errores de comprensión” con promociones engañosas y pueden predisponer “a conductas y/o hábitos no saludables”.
Se busca evitar que los consumidores tomen decisiones equivocadas basadas en afirmaciones falsas o engañosas sobre las propiedades y características de un determinado producto.
El decreto incluye todos los materiales de promoción, que van desde comerciales de TV hasta elementos de merchandising. Además, de los sitios propios de las empresas y la actividad en redes sociales. En definitiva: todo.
Dudas
Desde la Coordinadora de las Industrias de Productos Alimenticios (Copal), expresaron su preocupación respecto de la medida, porque explican que “entorpecerá el normal funcionamiento de las diferentes campañas de prensa y generará mayor burocracia para su gestión”, detallaron en un comunicado. Habla asimismo de “superposiciones innecesarias” y de “duplicaciones de controles y registros con otros organismos del Estado”.