Un juez argentino ordenó la suspensión de la campaña “Colorados” del restaurante de comidas rápidas Burger King por considerar que es discriminatoria y provoca un “deterioro de la imagen personal” de quienes tienen cabello pelirrojo frente a otras personas.
La publicidad, creatividad DAVID, habla del mito urbano que dice que las personas pelirrojas traen mala suerte, para luego explicar que eso terminó porque Burger King lanzó una promoción nueva: les regala una hamburguesa a los “colorados” que compren uno de sus menú.
En el comercial, que se emite desde hace un mes y que fue producido por Landia, se ve a personas pelirrojas contando sus padecimientos por tener ese pelo. Al final, dice: “Si sos colorado y te compras un combo Whopper, Burger King te regala otro. Ahora somos buena suerte”.
“El juez civil y comercial federal José Luis Cassinerio hizo lugar a una medida cautelar y dispuso que ‘en forma inmediata’ Fast Food Sudamericana SA (empresa que tiene los derechos para el desarrollo de la marca Burger King en Argentina) suspenda la campaña publicitaria en todo tipo de medios”, publicó Infobae.
En la demanda, el denunciante y abogado Matías Arregger, dice que se encuentra “legitimado para interponer la acción” porque es “portador del gen MC1R (de cabello pelirrojo)”.
“Me veo violentado en la especie en derechos y principios básicos elementales que hacen a mi condición humana, personalidad, integridad moral, honor e igualdad sin discriminación, según se colige de las circunstancias de que daré cuenta y razón en el relato que surge de los hechos abajo consignados”, apunta en el texto de la demanda.
En la demanda, el abogado argumenta que “la ley 26.522, que regula a emisión de publicidad, establece que los avisos publicitarios no importarán discriminaciones de raza, etnia, género, orientación sexual, ideológicos, socioeconómicos o nacionalidad, entre otros, no menoscabarán la dignidad humana, no ofenderán convicciones morales o religiosas”, publica La Voz.
Asimismo, dice que la campaña asocia directamente a las personas con pelo colorado con la mala suerte y son presentadas como “una minoría rara, triste y sufrida”.
Sobre esa base, el juez sostuvo que la publicidad “resulta contraria a la previsión contenida en la norma, en tanto basa la promoción ofrecida en las características físicas de las personas y la vincula a situaciones de burla que tornan razonable la afectación mencionada en el escrito de inicio”, en referencia a la demanda.
También que el comercial provoca “el deterioro de la imagen personal ante terceros, que puede configurarse por el mantenimiento de la campaña publicitaria en cuestión”, sumado a que se debe “evitar toda forma de discriminación”.