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La informaciĆ³n le pertenece a la gente

Por LeĆ³n Felipe SĆ”nchez AmbĆ­a
Correo: [email protected]
Twitter: lion05

AƱo con aƱo el Gobierno, en sus tres niveles y divisiones, produce una gran cantidad de informaciĆ³n y contenidos. El uso y explotaciĆ³n de dicha informaciĆ³n, por la forma en que estĆ” redactada la Ley Federal del Derecho de Autor, le corresponde de manera exclusiva al Gobierno, lo que significa que si nosotros, como ciudadanos comunes y corrientes, quisiĆ©ramos aprovechar la informaciĆ³n y conocimiento que generan las diferentes instituciones gubernamentales, deberĆ­amos de contar, al menos en teorĆ­a, con una autorizaciĆ³n por escrito para el uso y explotaciĆ³n de la informaciĆ³n de que se trate.

La legislaciĆ³n mexicana en materia de derecho de autor establece que una obra queda protegida desde el momento en que la misma se fija en un soporte material. Es a partir de este momento en que nace un derecho exclusivo a favor del creador para decidir sobre su obra. En el caso de obras realizadas bajo relaciĆ³n laboral al servicio del Estado, los derechos de explotaciĆ³n de las obras nacen a favor del propio Estado. Este tendrĆ” entonces al facultad de decidir la forma en que se han de utilizar y bajo que condiciones, los diferentes contenidos que se produzcan bajo su auspicio.

Ahora bien, si la informaciĆ³n contenida en los documentos o archivos de que se trate, son producto de una actividad que se fondea con recursos pĆŗblicos provenientes del pago de impuestos por parte de la ciudadanĆ­a, ĀæporquĆ© no entregĆ”rselos de manera irrestricta y libre a quienes pagaron por dichos contenidos? Para esto hay que reformar la Ley Federal del Derecho de Autor y agregar una fracciĆ³n al artĆ­culo 14 de dicho ordenamiento para que queden exceptuados de la protecciĆ³n como derecho de autor que otorga la Ley, todos los contenidos e informaciĆ³n gubernamental.

El Sistema Internet de la Presidencia de la RepĆŗblica ha sido pionero en adoptar nuevos esquemas de licenciamiento para sus contenidos e informaciĆ³n. En este tenor, si revisan el ā€œfooterā€ de la pĆ”gina de la Presidencia de la RepĆŗblica, podrĆ”n apreciar que en vez de la tĆ­pica leyenda de ā€œTodos los Derechos Reservadosā€, han optado por un esquema mĆ”s abierto y apegado a los fines para los que se crea la informaciĆ³n pĆŗblica en el que se utiliza la leyenda ā€œAlgunos Derechos Reservadosā€.

Esto ha sido replicado en diversos sitios de la AdministraciĆ³n PĆŗblica Federal y parece estar tomando mĆ”s fuerza debido a que las propias instituciones gubernamentales se han comenzado a dar cuenta de que la informaciĆ³n que generan tiene como fin primordial el de ser difundida. En este orden de ideas, la adopciĆ³n de un esquema de licenciamiento abierto, en principio, y una reforma a la Ley Federal del Derecho de Autor, como segundo paso, puede ayudar al Gobierno a cumplir de mejor manera con su tarea de difundir la informaciĆ³n pĆŗblica que se genera a partir del pago de los impuestos por los contribuyentes, asĆ­ como fomentar la transparencia y acceso a la informaciĆ³n en forma de datos en bruto que puedan ser utilizados y organizados fĆ”cilmente por el usuario.

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