- El Gobierno de México impugnó las suspensiones definitivas emitidas contra el padrón de celulares.
- Los recursos de queja se interpusieron ante el Tribunal Colegiado en Materia Administrativa, Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones.
- El Senado de la República aprobó una reforma a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión que crea el citado padrón
El padrón de celulares que se busca crear en México no ha dejado de dar de qué hablar, fue rechazado por compañías de telefonía Móvil, por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), por los usuarios y ahora también por el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), quien incluso interpuso una controversia constitucional sobre el tema.
El Inai interpuso la primera acción de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación en contra del Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil, pues considera que vulnera los derechos humanos de protección de datos personales y de acceso a la información pública, consagrados en los artículos 6 y 16 de la Constitución.
La controversia continuó con las compañías de telefonía, para quienes existen una serie de sanciones y reglas que deberán respetar tanto el órgano regulador de las Telecom como los operadores, de lo contrario serán penados económicamente.
De acuerdo con el decreto, los concesionarios de telecomunicaciones o, en su caso, los autorizados, incurrirán infracciones cuando registren de manera extemporánea las líneas telefónicas, por lo cual podrían pagar de 20 a 50 Unidades de Medida y Actualización, a la comprendida en la fracción (UMA), es decir, de mil 792 pesos a 4 mil 481 pesos.
Presidencia no quita el dedo del renglón quiere el padrón
La Presidencia de la República y la Cámara de Diputados impugnaron las dos primeras suspensiones definitivas que otorgó el juez Juan Pablo Gómez Fierro a los ciudadanos que promovieron juicios de amparo contra el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (Panaut).
Óscar González Abundis y Gustavo Alejandro Uruchurtu Chavarín obtuvieron la protección de la justicia federal para que sus líneas de teléfonos celulares no sean canceladas ante la negativa de aportar sus datos biométricos y personales en este registro.
Los recursos de revisión contra las medidas cautelares deberán ser resueltos por un tribunal colegiado en materia administrativa especializado en competencia económica.
El gobierno federal, además, interpuso un recurso de queja contra la admisión a trámite que hizo Gómez Fierro del juicio de amparo que promovió la senadora Xóchitl Gálvez contra el Panaut, por la que obtuvo la suspensión definitiva el 12 de mayo.
La medida cautelar también fue otorgada el 16 de mayo a la legisladora panista Kenia López, presidenta de la Comisión de Derechos Humanos del Senado, contra las reformas a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión.
El juez Gómez Fierro consideró en sus resoluciones que la aplicación del Panaut y las obligaciones que impone de registrar datos biométricos y personales no traerá como consecuencia inmediata, directa y necesaria, la disminución de la incidencia delictiva, en contraste con lo que argumenta el gobierno federal, pero sí puede afectar los derechos de usuarios.
Las compañías telefónicas pierden también
Las compañías telefónicas móviles del país también han tenido su parte, pues ante una falsa imagen que muchos consumidores tienen acerca de que son ellas las que desean disponer de sus datos, han tenido que aclara que no se trata de una medida implementada por ellos en detrimento de sus derechos, sino una disposición oficial qu elos obliga a disponer de la información que será retomada por el gobierno.
De acuerdo con el decreto, los concesionarios de telecomunicaciones o, en su caso, los autorizados, incurrirán infracciones cuando registren de manera extemporánea las líneas telefónicas, por lo cual podrían pagar de 20 a 50 Unidades de Medida y Actualización, a la comprendida en la fracción (UMA), es decir, de mil 792 pesos a 4 mil 481 pesos.
También por no registrar una línea telefónica o por no actualizar el Padrón las empresas como Telcel, AT&T o Telefónica deberán pagar de 500 a mil UMA, es decir, 44 mil 810 pesos hasta 89 mil 620 pesos.
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