¿Cuándo es el último día para presentar tu declaración ante el SAT? ¿Qué hago si no me han realizado la devolución?
En México, la temporada de declaraciones anuales para personas físicas correspondiente al ejercicio fiscal 2023 está por concluir, y con ella, surgen las dudas sobre los plazos y procedimientos a seguir. Según el Servicio de Administración Tributaria (SAT), el plazo final para la presentación de la declaración anual es el 30 de abril de 2024.
¿Qué pasa si el SAT no me ha depositado?
Si ya presentaste tu declaración y aún no recibes tu devolución, el SAT informa lo siguiente en caso de que:
Solo te devolvieron una parte de tu saldo a favor
El saldo autorizado vía devolución automática puede ser parcial cuando exista diferencia en la información correspondiente a retenedores, gastos deducibles o estímulos.
Para solicitar la devolución del remanente de tu saldo a favor, ingresa al Portal del SAT con tu RFC y Contraseña, completa el Formato Electrónico de Devoluciones y envíalo con tu e.firma. Si tienes inconsistencias, solvéntalas.
No recibiste tu devolución
Cuando el saldo declarado no sea devuelto total o parcialmente, debes solventar las inconsistencias en el Portal del SAT.
Necesitas RFC y Contraseña para el acceso al Portal y e.firma para que se genere automáticamente tu solicitud de devolución vía Formato Electrónico de Devoluciones (FED).
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¿Quiénes deben presentar la declaración anual?
De acuerdo con lo señalado por el SAT, durante el mes de abril deben presentar su declaración anual de impuestos las personas físicas que cumplan con los siguientes criterios.
- Ingresos superiores a 400 mil pesos en el año.
- Trabajo para dos o más patrones, independientemente del monto total de ingresos.
- Solicitud por escrito al empleador para no presentar la Declaración Anual.
- Cese de labores antes del 31 de diciembre del año correspondiente.
- Prestación de servicios por salarios a entidades sin retención, como embajadas u organismos internacionales.
- Obtención de otros ingresos acumulables además de salarios.
- Recepción de ingresos por jubilación, pensión, liquidación o indemnización laboral.
Los ingresos no incluyen solo los salarios, sino también participación en utilidades e indemnizaciones por separación laboral.
Este requisito también abarca a aquellos con ingresos asimilados a salarios, tales como funcionarios públicos, miembros de las fuerzas armadas, anticipos a cooperativistas y más.
Quiénes no están obligados a presentar declaración
No todos están compelidos a declarar. Los exentos incluyen:
- Asalariados con un único patrón y sin impuesto a cargo.
- Quienes obtienen ingresos por salarios y por intereses nominales menores a 20 mil pesos.
- Preparativos y documentación necesaria
Requisitos para tu declaración ante el SAT 2024
Es importante que los contribuyentes cumplan con los siguientes requisitos:
- Registro Federal de Contribuyentes (RFC).
- Firma electrónica avanzada (e-firma).
- Contraseña de acceso al SAT.
- Datos bancarios con CLABE.
- Documentación de ingresos y deducciones permitidas.
Deuda al SAT en parcialidades
El SAT anunció una facilidad de pago para los adeudos fiscales del ejercicio 2023. Desde el 1 hasta el 30 de abril de 2024, las personas físicas podrán efectuar la Declaración Anual correspondiente al periodo fiscal del año anterior y, si resulta en una obligación de pago, tendrán la opción de cubrir el importe en hasta seis parcialidades.
Esta medida flexibiliza el proceso de cumplimiento tributario y ofrece un respiro a quienes enfrentan obligaciones pendientes. No obstante, para acogerse a este beneficio, los contribuyentes deberán presentar su declaración puntualmente y realizar el pago de la primera parcialidad dentro del plazo establecido.
Además, el SAT aclara que los pagos deben hacerse a más tardar el último día de cada mes y deben seguirse las instrucciones específicas para el uso de líneas de captura y formatos proporcionados por su sistema. Los pagos se recibirán en instituciones de crédito autorizadas y se permite la opción de realizar pagos anticipados.
En caso de incumplimiento con las parcialidades, se aplicarán recargos. Importante mencionar que el último pago debe realizarse antes del 30 de septiembre de 2024, incluyendo, si es el caso, recargos previamente indicados.