Buenos Aires, Argentina.- El fallo de la Corte Suprema de la Argentina sienta un precedente en el país pero marca un camino que Google considera “ejemplar” para el futuro. La decisión afirma que un privado (como Google) no puede decidir qué contenidos son legales y cuáles no y que los buscadores no deben controlar o bloquear el contenido que otros han puesto en Internet.
“La directora de Legales de Google para América Latina, María Baudino, calificó como ‘ejemplar’ al fallo que rechazó la demanda promovida por una modelo porque su imagen aparecía vinculada a sitios de contenido sexual”, publicó la agencia argentina Télam.
“Nos parece que es un fallo ejemplar, es importantísimo para Argentina, pero que además va a tener trascendencia internacional porque protege la libertad de acceso a la información de los usuarios”, dijo Baudino.
Según lo dispuesto, “Google y otros buscadores no deben controlar o bloquear el contenido que otros (terceros) han puesto en Internet”. Y exime a un privado (como lo es en este caso Google) de decidir cuáles contenidos son legales y cuáles no. “Por lo tanto, la determinación sobre si cierto contenido no debe estar en los resultados de búsqueda de un buscador, si deben ser quitados del índice, es una decisión que le compete a los tribunales”, explicó Baudino
De esta manera, el fallo fija un criterio definitivo que echa luz en cientos de casos que existen en distintos etapas en la Justicia del país con sentencias contradictorias. Algunas atribuyen responsabilidad a los buscadores y otras los eximen.
La demanda había sido interpuesta por la modelo María Belén Rodríguez contra Google y Yahoo! porque en los resultados de búsqueda su imagen aparecía vinculada a sitios de contenido sexual, erótico o pornográfico.
En el fallo, con tres votos iguales y dos disidencias, se evaluó “por un lado la libertad de expresión e información y por el otro el derecho al honor y a la imagen”, y se ponderó la “indudable” importancia de los motores de búsqueda que son consultados por “miles de millones de internautas”.
El texto del fallo completo.
Algo de historia: En primera instancia, la modelo consiguió que la Justicia hiciese lugar a su reclamo y obligase a los buscadores a pagarle 120 mil pesos (15 mil dólares) de indemnización y a retirar de sus resultados cualquier sitio que asociase su nombre o imagen con contenido de índole sexual. Sin embargo, luego, la Cámara Civil revocó la sentencia a Yahoo!, redujo el monto de la indemnización de Google a 50 mil pesos y dejó sin efecto la medida de retirar los sitios debido a que entendió que son responsables sólo si “habiendo tomado conocimiento de la existencia de contenidos nocivos no proceden a bloquearlos con prontitud”.
Si te interesa el tema, antes de tomar la decisión, la Corte Suprema de Justicia de Argentina realizó una audiencia pública informativa en el marco de la causa “Rodríguez, María Belén c/ Google Inc s/daños y perjuicios” ▼
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