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Mediante la grabación la mujer relata cómo los trabajadores de la marca están intimidando a un cliente deudor.
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En el video también se puede ver como los empleados de la marca están señalando y manoteando al cliente mientras le exigen que pague.
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El Código Penal Federal, señala en uno de sus artículos que este tipo de acciones de cobranzas son “ilegales”.
Las redes sociales se han convertido en la mejor herramienta para exponer las malas prácticas que tienen algunas marcas con sus consumidores. Es el caso de la plataforma digital TikTok que es una de las redes sociales más usadas en todo el mundo y donde se han creado comunicarles encargadas a exhibir la mala experiencia que tiene un consumidor con una firma, como el caso de una internauta que denuncia en un video la cobranza ilegal de Elektra y Banco Azteca en plena vía pública.
De acuerdo al informe realizado por We Are Social y Hootsuite, reveló que en la actualidad hay 4.620 millones de usuarios de redes en todo el mundo, lo que representa un crecimiento interanual de más del 10 por ciento.
Asimismo, el número de usuarios de las redes sociales ahora equivale a más del 58 por ciento de la población total del mundo.
Statista detalla que a partir de 2019 y 2020, el uso promedio diario de las redes sociales de los usuarios de Internet a nivel mundial ascendió a 145 minutos por día, frente a los 142 minutos de 2018.
Exhiben video de cobranza “ilegal” de Elektra y Banco Azteca
Una usuaria en la red social TikTok, usó su cuenta en la plataforma digital para exhibir las malas prácticas de cobranza por parte de las empresas Elektra y Banco Azteca a sus clientes.
La cuenta identificada como @defensadeldeudorsc muestra cómo unos sujetos identificados como el servicio de cobranza de dichas marcas pertenecientes a Grupo Salinas, se encuentran cobrando a un cliente de la firma en plena vía pública, dejándolo expuesto ante las demás personas que se encuentran en el lugar.
Mediante la grabación la mujer relata cómo los trabajadores de la marca están intimidando a un cliente que les debe y se encuentra en su trabajo como vendedor en la calle.
“Aquí el problema no es que hagan su cobranza, aquí el problema es que los quieren intimidar y los ponen mal delante de todas las personas. Les empiezan a exhibir de que si son deudores con la intención de hacerlos sentir mal”, dice en la grabación mientras muestra el momento cuando los empleados de la marca están cobrando.
“Esto es ilegal”, agrega en el video que registra más de 6 mil me gusta.
Asimismo, en el video se puede ver cómo los empleados de la marca están señalando y manoteando al cliente mientras le exigen que pague su deuda con la institución. “Estos señores vienen amenazar, señalar de esa manera con el dedo es intimidar a las personas, es lo que está haciendo ese señor”, dice la tiktoker.
@defensadeldeudorsc #Cobranza ilegal de Banco Azteca ? #DefensaDelDeudor #créditos #préstamos #Elektra #cobradores #vlog @defensadeldeudorsc ♬ sonido original – Defensa Del Deudor
De acuerdo al Código Penal Federal, este tipo de acciones de cobranzas son “ilegales” y pueden ser penadas por las autoridades.
“Se sancionará de uno a cuatro años de prisión y multa de cincuenta mil a trescientos mil pesos a quien lleve a cabo la actividad de cobranza extrajudicial ilegal. Si utiliza además documentos o sellos falsos, la pena y la sanción económica aumentarán una mitad. Si incurre en usurpación de funciones o de profesión, se aplicarán las reglas del concurso de delitos señalado en el Código Penal Federal“, dice el artículo 284 Bis del Código Penal Federal.
En ese mismo orden explica que “se entiende por cobranza extrajudicial ilegal el uso de la violencia o la intimidación ilícitos, ya sea personalmente o a través de cualquier medio, para requerir el pago de una deuda derivada de actividades reguladas en leyes federales, incluyendo créditos o financiamientos que hayan sido otorgados originalmente por personas dedicadas habitual y profesionalmente a esta actividad, con independencia del tenedor de los derechos de cobro al momento de llevar a cabo la cobranza. No se considerará como intimidación ilícita informar aquellas consecuencias posibles y jurídicamente válidas del impago o la capacidad de iniciar acciones legales en contra del deudor, aval, obligado solidario o cualquier tercero relacionado a éstos cuando éstas sean jurídicamente posibles”.
Este tipo de quejas en las redes sociales también han dejado en evidencia a marcas como Sears donde una consumidora ha evidenciado las prácticas dentro del retail por parte de tiendas departamentales para cobrar a sus clientes deudores.
Esto sólo refleja la opinión del consumidor y la conversación que genera en el pulso digital, por lo que Merca 2.0 solicitó la postura de la marca con el fin de contar ambas versiones de la historia; sin embargo, hasta el momento no se ha recibido. La nota se actualizará en caso de obtener respuesta.
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