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Marcas conocidas fueron prohibidas en diversos países.
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En México, Profeco es el ente que regula a las marcas que hay en el país.
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Las prohibiciones tienen que ver con regulaciones o leyes de cada nación.
Algunas marcas han sido prohibidas en otros países que no son México debido a diferentes situaciones, que tienen que ver con regulaciones de las naciones o por algún caso controversial de alto impacto que haya provocado adoptar una medida drástica.
Kinder Sorpresa o mejor conocido como huevo kinder. Este producto hecho a base de chocolate pertenece a la marca Ferrero, fue prohibida en Estados Unidos debido uno de los artículos de la Ley de Comida, Medicamentos y Cosmética en vigor desde 1938 y que ocasionó que en 1998 se endureciera intentando que un niño pueda tragarse el regalo que viene en su interior.
M&M’s, esta marca que surgió durante la Segunda Guerra Mundial fue prohibida en Suecia en 2016, luego de que hubiera una disputa contra la empresa Kraft Foods, cuyos cacahuetes de chocolate Marabou son comercializados con el símbolo ‘M’, similar al que aparece en sus lunetas de colores.
Coca-Cola, la marca de refrescos más vendida a nivel mundial está prohibida en Corea del Norte y Cuba. No obstante, tras la revolución que puso a Fidel Castro en el poder en 1959, la mayor compañía mundial de bebidas decidió abandonar el país ante el riesgo de que nacionalizaran la empresa.
Pese a la restricción, sí es posible encontrar esta bebida en hoteles, restaurantes y centros comerciales enfocados al turismo debido a que Cuba comenzó a abrir sus fronteras para el comercio en los últimos años. Mientras que en Corea del Norte, la multinacional embotelladora nunca ha operado puesto que producen su propia versión de refresco de cola (Tu Kola), al igual que en Cuba.
Otras prohibiciones
En México si bien no se conoce alguna marca que esté prohibida, sin embargo, la Profeco es el ente regulador de los alimentos que comercian en el país.
En septiembre de 2022 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el decreto que reforma el Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Publicidad y será a más tardar el 18 de enero cuando la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) publique los requisitos y procedimientos que deberán cumplir los productos de alimentos y bebidas no alcohólicas para publicitarse en televisión abierta, televisión restringida, salas de exhibición cinematográfica, internet y demás plataformas digitales.
Este permiso se rige en conjunto con las distintas reglamentaciones del nuevo etiquetado frontal, previsto en el Reglamento de Control Sanitario de Productos y Servicios, el cual hizo que marcas completaran su transición a la transparencia de componentes y porcentajes nutrimentales (los octógonos negros que avisan al consumidor de la presencia de exceso en azúcares, grasas totales, grasas saturadas, sodio o calorías).
La extensión de limitantes publicitarias se ven reflejadas en el momento en que estos productos pausen su promoción hasta previa autorización y que limiten el uso de sus personajes emblema y mascotas publicitarias, como Osito Bimbo, Chester Cheto y Tigre Toño, en el ecosistema digital y no sólo en el empaque.
Otro caso fue la prohibición de la venta de marcas como Philadelphia, Lala, Fud, Danone debido a que diversos quesos y yogures de dichas marcas han sido vetados porque las dependencias comprobaron si su denominación como “queso” y “yogurt natural” cumplían con lo establecido en las Normas Oficiales Mexicanas, pero al parecer no lo hacen.
Al parecer las marcas tomaron cartas en el asunto ya que siguen estando vigentes en miles de tiendas de autoservicio en el país.
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