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Jorge Valencia
Jorge Valencia

¿De quién es la Marca?

La Marca es la razón de ser de una franquicia, sin esta licencia de uso no existiría la franquicia. Pero la franquicia es más que una simple licencia de marca, porque no solo te otorga un permiso para explotarla, te compromete a operar el negocio bajo los lineamientos establecidos por el Franquiciante.

Un producto puede ser rápidamente anticuado, pero una marca de éxito es atemporal.
Stephen King.

La Marca es la razón de ser de que alguien adquiera una franquicia, sin esta licencia de uso de marca no existiría la franquicia. Pero la franquicia es más que una simple licencia de marca que otorga el Franquiciante al Franquiciatario, porque no solo le otorga el primero al segundo un permiso para explotarla, le compromete a operar el negocio bajo los lineamientos establecidos por el modelo de negocio y por el sistema de franquicia. Sin la existencia de un registro marcario – del cual posteriormente se otorga una licencia de uso temporal- la franquicia podría decirse que no representa ventaja competitiva desde el punto de vista comercial y sería un fraude legalmente hablando.
La licencia de uso que se le otorga al adquiriente de la franquicia es una licencia por un tiempo y en un territorio determinado, en la mayoría de los casos, sin la posibilidad de transferir este derecho a una tercera persona y con las restricciones que el Franquiciante establezca. El Franquiciante puede tener varias marcas registradas que utiliza para la comercialización de diversos productos y/o servicios. Acércate a un abogado especialista en marcas y pídele que revise las marcas involucradas en el modelo de franquicia que estás analizando y confirma quién es el propietario de cada una de estas marcas y que estén vigentes (en este enlace puedes checar todas las marcas que quieras https://acervomarcas.impi.gob.mx:8181/marcanet). Para cada marca que esté involucrada será necesaria una licencia de uso que te permita utilizarla. Algunas operadoras de franquicias no son propietarias directas de la o las marcas y trabajan bajo contrato de licencia de uso de dicha marca, en el cual el propietario de la marca les otorga el permiso de comercializarla, si este es el caso, asegúrate de que este contrato de licencia contemple un periodo suficiente para cubrir la vigencia de tu contrato de franquicia y que dicho contrato se encuentre inscrito en el IMPI, asegúrate también de conocer quién es el propietario legal de la Marca y su relación con la operadora de franquicias, busca cualquier conflicto legal que pueda
existir en relación a la Marca. La marca ¡no es tuya! Lo voy a repetir para que quede claro y con mayúsculas LA MARCA NO ES TUYA, la marca es del Franquiciante y tú solamente la estás rentando por cierto tiempo.
Hace poco me tocó ver a un Franquiciatario que afirmaba –y realmente creía- que por 12,500 USD (doce mil quinientos dólares americanos) que pagó de contraprestación inicial por la franquicia, la marca era de él y podía hacer lo que quisiera con ella en su local. En este ejemplo notamos por supuesto que hubo una mala comunicación desde el proceso de otorgamiento, un “vendedor de humo” que no explicó bien al candidato sus derechos, sus obligaciones y las características del programa de franquicia; y por otro lado un candidato que por supuesto no investigó lo suficiente, y que probablemente no haya ni siquiera leído los documentos de divulgación y mucho menos el contrato.
No tiene mucho tiempo que todavía escuché de una persona decirme aquella máxima de “¿que usted cree que mi palabra no vale? ¿Para qué quiero ese contratote si ya le dije que le voy a comprar la franquicia? Mi respuesta fue que necesitaba más que su palabra para otorgarle la franquicia. Qué lástima que ya se acabaron los tiempos en donde se podía hacer negocios de esa manera.

¿Confidencialidad? El Franquiciante, motivo del otorgamiento de la franquicia, te revela gran parte de su información la cual está protegida por la LEY Federal de Protección a la Propiedad Industrial y que se denomina técnicamente secretos industriales y tú le revelas parte de esta información a tus colaboradores dentro del negocio, quedando de esta manera vulnerable dicha información a la divulgación a terceros, y que motivo de esta divulgación aparezcan competidores que piensan que porque tienen el manual de tu franquicia ya te pueden hacer la competencia. ¿Realmente creen que al yo tener el manual de KFC me hace poder competir con KFC? ¡Claro que no! es absurdo, pero así es en nuestra bella Latinoamérica. Los secretos industriales son uno de los fundamentos del modelo de franquicia. Si reconocemos que nosotros no sabíamos nada del negocio cuando llegamos y que ahora ya sabemos porque nos lo enseñó el Franquiciante, y si reconocemos que todo lo que nos enseñaron es propiedad del Franquiciante y que esto ha tardado años en estar listo; comprenderemos entonces la razón por la cual no nos es permitido compartirlo ni antes, ni durante, ni aún terminada la relación con la franquicia.
Para evitar que esto suceda se utilizan diversos documentos de confidencialidad a lo largo del proceso de otorgamiento, desde la primera presentación de la franquicia seguramente te harán firmar una carta de confidencialidad, dentro del contrato de franquicia firmarás cláusulas de confidencialidad y será necesario que cada uno de tus colaboradores firme un acuerdo de confidencialidad y que vigiles que se lleve a cabo día a día; al final ¿por esto pagaste, no te parece? hay que cuidarlo. Si estás pensando que esto es cosa menor, es mejor que lo pienses 10 veces ya que te vas a enfrentar a un tema legal y hoy en día el tema de los secretos industriales está catalogado como un tema muy serio, aquí transcribo para ti un párrafo de la LFPPI (Artículo 248) que te ayudará de referencia “El franquiciatario deberá guardar durante la vigencia del contrato y, una vez terminado éste, la confidencialidad sobre la información que tenga dicho carácter o de la que haya tenido conocimiento y que sean propiedad del Franquiciante, así como de las operaciones y actividades celebradas al amparo del contrato”, así que mucho cuidado con tratar de violar los secretos industriales del Franquiciatario pensando que en México eso no aplica. Nadie debería entrar en una relación de franquicia, pensando en violar las reglas, es absurdo pagar por algo que no vas a utilizar. ¿De quién es el manual de operaciones? El manual de operaciones, así como la marca, solo me fueron prestados para que yo pudiera operar el negocio de acuerdo con los estándares y por supuesto consultar dichos estándares, y cuando la relación termine, tendré que regresar dichos materiales al Franquiciante y/o a sus representantes. No puedo, bueno, no debería, por supuesto, copiarlo, prestarlo, escanearlo ni reproducirlo de ninguna manera y cuando necesite modificaciones o adiciones deberé comunicárselo al Franquiciante para que él sea quien las haga.
Existen varias formas legales para que nos entreguen el manual de operaciones, sin embargo, la más común es la figura de comodato, la cual en términos generales es aquella en la que nos dejan un bien en calidad de préstamo y nos hacemos cargo del cuidado de dicho bien incluyendo los gastos para su cuidado, por lo tanto, estamos al cuidado de dicho documento y deberemos resguardarlo para que no se pierda. ¿Porque es tan valioso este documento? Pues simplemente porque es el documento donde se establecen todos los secretos para operar el negocio, nos dice cómo operar, cómo administrar y cómo mercadear. Es el reflejo de todos los años que el Franquiciante lleva trabajando sus unidades y el secreto de cómo las ha hecho exitosas. Ten cuidado porque no es algo menor perder el manual de operaciones, muchos Franquiciantes establecen penas económicas severas en caso de que esto suceda. No es solamente “me
imprimes otra copia porfa”.
En alguna ocasión un Franquiciatario me llama y me dice con la mayor tranquilidad del mundo: “Jorge, fíjate que ayer que estaba buscando en la tienda me di cuenta de que no está el manual, seguramente alguno de los muchachos lo perdió o lo ha de tener en su casa… ¿me imprimes otra copia por favor?” Casi me caigo del sillón, respiré con calma y le respondí: “sí, con mucho gusto te imprimo otra copia ¿a quién le mando la factura de los 20,000 USD que dice el contrato que me tienes que pagar en caso de que pierdas la biblia de cómo funciona el negocio?” Por supuesto este amigo no entiende ni ha comprendido los daños y perjuicios que pudieran causarle no solo a su tienda, sino a todo el sistema si alguien hace mal uso de ese importante documento, qué repercusiones tendría para la marca y además parece que no ha entendido que es por ese manual que pagó una contraprestación inicial de franquicia en primer término.
Yo todavía no puedo entender un caso que me tocó ver de un Franquiciatario que pagó 300,000 de contraprestación inicial de franquicia, invirtió 800,000 y obtuvo un crédito por 500,000 para montar la franquicia. Le conseguimos un gran local en una plaza comercial, abrió y le fue bien durante tres años y de repente empezó a violar el contrato adquiriendo insumos de otros proveedores y violando varios secretos industriales de la franquicia. Al final se quedó sin local, sin franquicia y sin negocio; no puedo entender esta forma de actuar.
Espero que esta columna semanal sea de utilidad para ti y para tu negocio. Recuerda visitar mi canal de Youtube;FranchiseZar" donde encontrarás un gran acervo en temas de negocios, franquicias y emprendimiento. Escúchame en el canal de FB de LA FORMULA DE LA FRANQUICIA todos los miércoles a las 19:00 horas cdmx. ¿Interesado en adquirir una franquicia? Pregúntale a
FranchiseZar y #notedejessoprender. Se despide de ustedes su amigo el Zar de las Franquicias, nos vemos en la próxima.

 

 

 

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