Diversas marcas en México han realizado una serie de publicaciones en Twitter o Facebook, acompañado de memes.
La estrategia de marketing para lanzar campañas acompañadas de estas imágenes, tienen conceptos legales que es preciso conocer.
De acuerdo con el maestro Agustín Ríos Aguilar, de la firma Rios Abogados, hay al menos tres principios legales que toda marca debe tener en cuenta, al momento de hacer una meme para redes sociales:
Las memes tienen reconocimiento federal
La Ley Federal de Derechos de Autor puede proteger una meme que se registre ante el Instituto Nacional de Derechos de Autor (Indautor), siempre que esta cuente con un respaldo material y sea original.
El artículo 3 cita que “las obras protegidas por esta Ley, son aquellas de creación original susceptibles de ser divulgadas o reproducidas en cualquier forma o medio”.
Otro artículo que fundamenta la protección de un meme es el artículo 13, cuando se registra como historieta o caricatura, pues la ley solo considera 14 ramas, dentro de las cuales puede reconocerse y protegerse una obra.
“La protección que otorga esta Ley se concede a las obras desde el momento en que hayan sido fijadas en un soporte material, independientemente del mérito, destino o modo de expresión”, cita el artículo 5, que también complementa la protección de una meme cuando esta es registrada.
El artículo 6, que también respalda el registro de una meme como obra en México, pues explica que la “fijación es la incorporación de letras, números, signos, sonidos, imágenes y demás elementos en que se haya expresado la obra, o de las representaciones digitales de aquellos, que en cualquier forma o soporte material, incluyendo los electrónicos, permita su percepción, reproducción u otra forma de comunicación”.
Memes registradas: pagar o pedir permiso
Los artículos 26 y 27 establecen como opera el autor de la obra registrada, en este caso el meme, con el medio que desee utilizar su material, además de que fundamente las consecuencias de hacer uso de propiedad, de manera inadecuada.
El artículo 26 señala que el autor y su causahabiente gozarán del derecho a percibir una regalía por la comunicación o transmisión pública de su obra por cualquier medio.
Dentro del artículo 27 se estipula que quedan autorizados o prohibidos por parte del autor, la reproducción, publicación, edición o fijación material de una obra en copias o ejemplares, efectuada por cualquier medio, entre los que destaca el electrónico o similares.
Memes de otros países te pueden demandar
Memes como la cara deformada conocida como Troll, los gatos Nyan o Grumpy, están protegidos en México.
Una foto publicada por Grumpy Cat (@realgrumpycat) el
Según el artículo 7 de la Ley, “los extranjeros autores o titulares de derechos y sus causahabientes gozarán de los mismos derechos que los nacionales, en los términos de la presente Ley y de los tratados internacionales en materia de derechos de autor y derechos conexos suscritos y aprobados por México”.
Están usando tu meme
En México existe una Sala Regional en Materia de Propiedad Intelectual, dentro del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa (TFJFA).
Actualmente hay acciones civiles, penales y administrativas en contra de quienes hacen uso de material sin el permiso del autor, de estas, las civiles se tramitan en el Instituto Mexicano de Propiedad Intelectual (IMPI), mientras que las terceras, implican una sanción administrativa en beneficio del autor de la obra.
A detalle.
Los fundamentos creativos del marketing apoyado en memes se remontan a 2001, cuando un autor aseguraba que estas imágenes tenían el poder de hacer irresistible el mensaje de la campaña.
El autor era Jay Conrad Levinson, quien escribió Guerrilla Creativity: Make Your Message Irresistible with the Power of Memes (2001).
“Las memes hacen más sencillo de entender a los prospectos, por qué deben de convertirse en clientes”, explica el autor, quien asegura que su objetivo en marketing son las ganancias.