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El contrato laboral es el documento donde queda sellado el compromiso y los horarios.
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En México existe una duración máxima de la jornada laboral.
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La ley habla sobre la vida familiar de los trabajadores y sus responsabilidades.
Siempre conectado, siempre disponible. Esta parece ser la máxima de muchos trabajos desde que los celulares se volvieron inteligentes. Sin embargo, el siguiente nivel llegó con la pandemia de COVID-19, que hizo que muchos se adaptaran al “home office”. Hay que pensar en trabajo desde que te levantas, hasta que te vas a dormir, la relación laboral ya no tiene un límite, pues ya no hay ninguna oficina que dejes atrás una vez que cruzas la puerta. La oficina ahora vive contigo. Pero, aunque pudieras estar tan habituado a ese trato que lo has normalizado, esta situación no es normal ni legal. Claro, a menos que te paguen horas extra, pero si lo hicieran tal vez no estarías leyendo esto. En otras palabras, tienes derecho a desconectarte del trabajo fuera de tu horario, es decir, de cualquier medio digital por el que pretendan contactarte.
El trabajo en casa, así como la interacción digital laboral, no están regulados en México por la Ley Federal de Trabajo. Esto, de la mano de muchas malas prácticas que ya se hicieron costumbre, nos lleva a vivir situaciones donde parece que la carga laboral crece y crece de manera desmedida, sin que exista una mayor retribución por ello. El “home office” ya se ha regulado desde hace algunos años por las leyes de otros países, quienes, como si predijeran la situación que vive el mundo actualmente, ya estaban apostando por otros formatos laborales, que aprovechen las facilidades tecnológicas. La flexibilidad laboral no es una cultura muy arraigada en México, donde parece haber más comodidad en el método de asistir a un espacio físico y cumplir con un horario. Sin embargo, ¿cómo se pueden proteger los trabajadores ahora que todo parece más descontrolado?
Jornada laboral
Si bien no existe una ley que limite un tiempo de desconexión, los artículos 25, fracción V y del 58 al 60, sí establecen una duración máxima de la jornada laboral. Diurna debe ser de ocho horas al día y nocturna, siete al día. Si se exceden estos límites, se deben pagar horas extra.
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Vida familiar
La Ley Federal de Trabajo también habla en el artículo 164, sobre la vida familiar de los trabajadores. Existe una consideración especial para las personas que tengan responsabilidades con una familia, con lo que debería haber, por obligación, un balance en el tiempo que dedicas a tu trabajo y el que dedicas a tu vida personal.
Multas
Lo antes mencionado forma parte de la ley e infringirlo tiene sus consecuencias. El contrato laboral es el documento donde este compromiso queda sellado y si existe alguna infracción, puede haber multas desde más de $21 mil pesos a más de $400 mil.
Salud mental
Así como los trabajos deben cuidar la salud física de sus trabajadores, también lo deben hacer con la mental. Existen todavía muchos prejuicios en cuanto al bienestar de este tipo, pero es un hecho que la carga laboral excesiva y el estrés, tienen un impacto negativo en las personas, e incluso se pueden traducir en malestares físicos.
Otros medios, otros métodos
Ya que en México no hay una ley respecto al “home office”, este debe ser un acuerdo entre los trabajadores y las empresas en particular. Ambos deben entender que nuevos métodos requieren de nuevas reglas y se tienen que llegar a acuerdos sobre cómo medir horas y el rendimiento. Lo mejor es que esto quede por escrito.