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Es muy común que en las ofertas de trabajo se incluya el pedido de una fotografía.
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Un proyecto de ley en Argentina busca cambiar esta práctica.
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Habla de discriminación y de que funciona como un filtro que se basa en la apariencia física.
“Currículum con foto”, “incluir una fotografía reciente”, “no se aceptarán currículums sin foto”, “condición indispensable: foto actual”.
Todas estas frases, muy comunes en los pedidos de empleo de las compañías, estarán prohibidas en Córdoba, el segundo distrito de Argentina, si se aprueba un proyecto de ley que ingresó a la Legislatura.
El proyecto establece “la prohibición para la selección de trabajadores en el ámbito público y privado” de “la solicitud en el currículum vitae o en otro instrumento de postulación, de información que no sea necesaria e imprescindible para desempeñarse en el trabajo que se ofrece”.
El texto habla de pedidos que “puedan ser motivo de discriminación de los y las postulantes, aun cuando se contara con su consentimiento”.
La iniciativa dice que la prohibición se extiende más allá de la presentación del currículum, “a entrevistas posteriores y cualquier otra fase en la selección”.
En el segundo artículo del proyecto en Argentina se hace expresa mención a la imagen fotográfica: “Prohíbese, entre los requisitos solicitados en el curriculum vitae u otra vía de reclutamiento, foto del o la postulante”.
El proyecto, presentado por la legisladora Liliana Montero, va más allá y estipula que una serie de requisitos sobre el postulante no podrán ser solicitados por las empresas. En esa lista están una edad mínima o máxima, tener un sexo o identidad de género determinados, condiciones de aspecto físico, “buena presencia”, un estado civil puntual, vivir en un determinado lugar, no tener hijos o personas a cargo, ni cuestiones relacionadas al origen racial o étnico.
Tampoco opiniones políticas o sindicales, convicciones religiosas, filosóficas o morales.
El proyecto establece como excepción a los puntos anteriores, el hecho de que el empleador justifique la solicitud de los requisitos en la necesidad de revertir una situación de desequilibrio preexistente en la planta de personal o como parte de un plan de fomento de la igualdad de trato.
En el artículo quinto, el proyecto de ley habla de multas a los que no cumplan y que la autoridad de aplicación será el Ministerio de Trabajo provincial, que será la cartera que fijará las modalidades y montos.
Fundamentos
Entre los fundamentos, la representante legislativa habla de una herramienta para “evitar en el ámbito laboral la inclusión de requisitos discriminatorios”.
“Una de las formas casi automáticas de exclusión, que actúa de manera consciente o inconsciente, es la imagen. En los currículum vitae se suele acompañar la información personal y profesional con una foto. Es hora de que nos cuestionemos esta costumbre, ya que actúa como un filtro que se basa en la apariencia física por sobre las condiciones personales, profesionales y técnicas”, dice Montero.
La legisladora exlica que en esta práctica, “la imagen es utilizada como instrumento de exclusión: no hay otra manera de interpretar este requerimiento”. ” ¿Qué otro objetivo supondría la imposición de una foto como requisito para postular en una oferta laboral para personal de limpieza? ¿Con qué otro fundamento se solicita una foto a un contador o ingeniero para cubrir un cargo gerencial?”, se pregunta.
Ejemplos en otros países
En otros países de la región, como Perú, Chile y Uruguay, hay antecedentes similares a los lineamientos presentados en este proyecto de ley en Argentina.
Los tres países cuentan con normas específicas que prohíben a los empleadores la inclusión de requisitos discriminatorios en el proceso de reclutamiento de potenciales empleados.
“A la vez, estos países fijan diferentes sanciones para los empleadores que incumplan la normativa”, dice la legisladora.