Los bancos en México no son precisamente un ejemplo de servicio al cliente. Cifras oficiales muestran que durante el primer semestre de 2019, 34 bancos registraron reclamaciones monetarias en México. En tanto, entre enero y junio de 2020, la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef) recibió un total de 3 millones 171 mil reclamaciones en contra de estos.
El monto reclamado por los usuarios de la banca ascendió a un total de 14 mil 237 millones de pesos y el principal motivo es fraude, con siete de cada 10 quejas a las entidades financieras, por un total de dos millones 287 mil 22 reclamaciones. Las cifras además señalan a Banorte, Santander y Citibanamex son los principales bancos que tienen un mayor número de reclamaciones, seguidos por BBVA, Bancoppel, HSBC y Banco Azteca.
Las quejas apuntan a fallas graves que dejan a los usuarios incluso sin fondos monetarios para sobrevivir. El año pasado expusimos el caso de Pepe Lara Del Valle, usuario de Scotiabank México que denunció por dicha plataforma que su banco vació sus cuentas, realizando un fraude del que no se hacen responsables. Este año diversos casos se han vitalizado ante las fuertes afectaciones a los mexicanos.
Finalemente, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aprobó que cuando el titular de una cuenta bancaria denuncie retiros no autorizados de su tarjeta de débito, los bancos deberán reembolsar las cantidades retiradas.
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Este viernes, publicó una tesis de jurisprudencia en la que determinó que los bancos deberán retribuir las cantidades retiradas de las tarjetas de débito, sin la autorización del titular de la cuenta. Con base en la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, la Ley de Instituciones de Crédito y el Código de Comercio, la SCJN determinó que los bancos tiene la obligación de conservar y restituir el dinero de los cuentahabientes.
En caso de que los bancos no retribuyan las cantidades retiradas, el banco deberá pagar intereses ordinarios y moratorios por el retraso que incurra a razón de 6 por ciento. “Pues en el contrato de depósito de dinero el depositario tiene un deber de cuidado sobre el dinero que le entrega el depositante”, menciona la tesis que se considera de aplicación obligatoria a los bancos partir del próximo lunes 14 de diciembre de 2020.
El Código de Comercio establece que el banco debe reembolsar los cargos no reconocidos por el titular de la cuenta en su tarjeta de débito, cuando el titular de la cuenta denuncia el hecho ante el banco y solicite su restitución.
Pero es necesario destacar que el banco no realizará el reembolso si el retiro lo realizó una persona distinta al titular de la cuenta, por el descuido del cuentahabiente. En ese caso la persona que realizó el retiro quedará como deudor frente al cuentahabiente.