Con la temporada navideña a la vuelta de la esquina es necesario que sepas que el aguinaldo no es un regalo que te da la empresa o institución donde trabajas, sino una prestación laboral que te corresponde por ley, que forma parte de tu salario y por tanto trabajas para obtenerla durante todo el año.
El Artículo 87 de la Ley Federal del trabajo estipula que todos los trabajadores y trabajadoras tienen derecho al aguinaldo, equivalente, por lo menos, a 15 días de salario por año trabajado, y éste debe pagarse antes del día 20 de diciembre.
Si no has cumplido un año en tu empleo, independientemente de que te encuentres trabajando o no en la fecha de liquidación del aguinaldo, tienes derecho a que se te pague la parte proporcional del mismo, conforme al tiempo que laboraste en la empresa, cualquiera que éste fuera.
Es importante señalar que los trabajadores que estén en el régimen de contratación por honorarios no tienen derecho a recibir este pago.
Además, no se puede realizar el pago del aguinaldo en especie, vales u otros artículos, sino en moneda corriente.
Los días que las madres hayan tomado de licencia por maternidad no pueden ser descontados ni considerarse como días no trabajados.
¿Cómo se calcula?
Primero debes saber cuál es tu salario diario. Para ello necesitas dividir tu sueldo mensual entre 30 días. Ahora multiplícalo por el número de días que has trabajado durante el año
La cantidad resultante debes multiplicarla por 15 (el número de días al año que se pagan por concepto de aguinaldo).
El resultado de esa multiplicación se divide entre 365 días que tiene el año.
La cantidad resultante de esa división es lo que te corresponde de aguinaldo antes de impuestos. TOMA EN CUENTA QUE el aguinaldo está sujeto al Impuesto Sobre la Renta.
Ahora que ya sabes cuánto te corresponde de aguinaldo…
- No corras a gastarlo, primero evalúa cuál es tu situación financiera. Si tienes deudas, éstas deben ser la prioridad para el destino de ese dinero, así comenzarás el año nuevo con el pie derecho. Los expertos recomiendan utilizar entre un 40 y un 50 por ciento del total del aguinaldo para el pago de deudas.
- Tras saldar tus compromisos económicos, considera ahorrar una parte, ya sea en el banco, mediante un instrumento de inversión -para ello busca asesoría de una persona experta – o contribuir a tu ahorro para el retiro. El sistema del ahorro para el retiro ahora permite hacer contribuciones voluntarias, incluso en algunas cadenas de tiendas de conveniencia. Recuerda que si no aportas a tu Afore, al final de tu vida laboral sólo recibirás el 33 por ciento de tu último sueldo.
- Si después de todo lo anterior aún tienes algo de dinero de tu aguinaldo, ya te puedes relajar y hacer tus compras sin remordimientos. Aún así, recuerda comparar precios y buscar sólo los productos que te sean necesarios para no derrochar el dinero que tanto te cuesta ganar.