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Claves para triunfar con tu declaraciĆ³n anual ante el SAT; No todo es deducible

El 31 de marzo es la fecha lĆ­mite para realizar la declaraciĆ³n anual 2021 de una persona moral ante el SAT.
  • Las personas morales tienen hasta el 31 de marzo para presentar su declaraciĆ³n anual.

  • Las personas fĆ­sicas aĆŗn podrĆ”n cumplir con su responsabilidad fiscal del 1 al 30 de abril.

  • Ambos deben cumplir con requisitos especĆ­ficos del SAT para no ser fuertemente multado.

 

Toda persona moral en MĆ©xico debe realizar su declaraciĆ³n anual ante el Servicio de AdministraciĆ³n Tributaria (SAT) para evitar ser acreedor de una multa econĆ³mica, por lo que este mes es la fecha clave para hacer cuentas.

Primero que nada debes saber que el SAT ampliĆ³ su horario de atenciĆ³n en oficinas, del lunes 7 al 11 y del 22 al 25 de marzo, de 9:00 a 17:00 horas. Esto, para poder adquirir el Registro Federal de Contribuyentes (RFC), la contraseƱa del SAT y la firma electrĆ³nica, tambiĆ©n llamadaĀ e.firma, pues sin estos documentos no podrĆ”s acceder a la plataforma.

 

DeclaraciĆ³n anual ante el SAT

Para poder hacer tu declaraciĆ³n anual y comprobar que tanto tus gastos como tus ingresos son legĆ­timos, debes tener vigente tu firma electrĆ³nica y reconocer quĆ© tipo de contribuyente eres, moral o fĆ­sico. Las personas morales tienen hasta el 31 de este mes, mientras que las fĆ­sicas deberĆ”n concluir el trĆ”mite del 1 al 30 de abril de 2022.

AdminĆ­strate muy bien a la hora de hacer tu declaraciĆ³n, pues es un trĆ”mite irremplazable y fiscal del que depende gran parte de tu ingreso. Los cĆ”lculos finales de las obligaciones del aƱo fiscal son importantes.

 

  • Construye tu declaraciĆ³n con los insumos contables de todos los dĆ­as,. es decir, asegĆŗrate de que tu cierre de aƱo refleje la situaciĆ³n financiera de tu empresa o tus servicios de manera puntual y sustentada con evidencias (facturas principalmente). El saldo de los bancos que refleja tu estado financiero estĆ” considerado como prueba, pues los estados de cuenta tuyos o de tus clientes deben ser recuperables.
  • Reconoce principalmente los conceptos entre ingreso y ganancia en el Ć”mbito fiscal: un ingreso es cualquier cosa que incrementa el patrimonio, mientras que la ganancia es el resultado de restar los gastos de tus ingresos.
  • Es importante que distinguir los diferentes tipos de ingresos reportados: ingresos facturados, ingresos cobrados no facturados, ingresos devengados (servicios prestados, pero no cobrados, ni facturados), ingresos por anticipos e ingresos cobrados de ejercicios anteriores.

  • Solicita comprobante fiscal en todas tus compras.
  • Identifica los pagos realizados y facturas pendientes a personas fĆ­sicas, sociedades y asociaciones civiles.
  • Deduce gastos indispensables: debe ser ā€œestrictamente indispensableā€ para los fines de la actividad del contribuyente.
  • Se deben cuidar aspectos tĆ©cnicos como los sueldos y salarios exentos y las prestaciones pagadas vĆ­a nĆ³mina.
  • Vales de despensa.
  • Aguinaldo en la parte que no exceda la exenciĆ³n de ley.
  • Fondo de ahorro.
  • PTU en la parte que no exceda la exenciĆ³n de ley.
  • Prima vacacional.
  • Rendimientos de cajas de ahorro.

 

Lo que sĆ­ es deducible

Los requisitos del ArtĆ­culo 20-A del CĆ³digo Fiscal de la FederaciĆ³n son claras, toda erogaciĆ³n realizada debe ser amparada por un comprobante, pues de no realizarse cada contribuyente estarĆ­a perdiendo hasta el 30 por ciento del valor de cada gasto o inversiĆ³n que realiza durante el aƱo.

 

  • Salud: honorarios mĆ©dicos, dentales y por servicios en materia de psicologĆ­a y nutriciĆ³n.
  • Gastos hospitalarios y medicinas facturadas por una instituciĆ³n de emergencia.
  • AnĆ”lisis mĆ©dicos, prĆ³tesis, compra de lentes Ć³pticos graduados, primas por seguros de gastos mĆ©dicos.
  • EducaciĆ³n: colegiaturas en instituciones privadas con validez oficial y para nivel de educaciĆ³n bĆ”sica.
  • Gastos funerarios del cĆ³nyuge/concubino, padres, abuelos, hijos, nietos.
  • Intereses devengados y pagados por crĆ©ditos hipotecarios contratadoscon el sistema financiero, INFONAVIT o FOVISSSTE.
  • Donativos entregados a instituciones autorizadas.
  • Aportaciones complementarias de retiro de aportaciĆ³n voluntaria a planes personales (Afore).

 

Lo que no es deducible

  • Ropa de niƱos.
  • Gastos por seguro de vida o de retiro.
  • Gastos de taxis, gasolina, transporte pĆŗblico.
  • Productos del hogar de higiene y limpieza.
  • Medicamentos adquiridos en una farmacia que no sean incluidos en la factura por hospitalizaciĆ³n.
  • Pagos por concepto de transporte escolar si no es obligatorio por el colegio.
  • Donativos que no hayan sido otorgados a donatarias autorizadas.

 

No presentar la declaraciĆ³n anual ante el SAT puede representar multas econĆ³micas desde mil 400 a 38 mil 730 pesos, mientras que realizarla fuera del plazo puede costar entre mil 400 y 34 mil 730 pesos.

 

 

 

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