Forjadores de una cultura económica, asociativa y cívica
- La política es el arte de buscar problemas, encontrarlos, hacer un diagnóstico falso y aplicar después los remedios equivocados. Groucho Marx
- “Las OSC son un poderoso medio de pedagogía política, económica y social para sus agremiados y la sociedad en general, máxime en una sociedad en la que la confianza ronda por los suelos”.
Ya hemos abordado con anterioridad el tema referido al fortalecimento de las Organizaciones de la Sociedad Civil (OSC), y con él su cultura del riesgo y el liderazgo; ahora se hace inevitable ahondar en la variable referida a la “protección” para enfrentar retos o embates internos y externos que impidan a las OSC cumplir con su propósito, lo que significa la forma de reivindicarse en tiempos de desprecio gubernamental.
Esa variable se fundamenta en el marco legal que da protección al ciudadano (a) en cualquier estado que vive bajo el régimen de una democracia, la pregunta que nos haríamos es: ¿Y dónde localizamos ese marco jurídico de protección para el ciudadano y su intervención en las OSC?. En una democracia, los poderosos medios de protección y de acción de los integrantes de la sociedad civil, se delimitan en:
A. En el marco de la Constitución Política.
“La Constitución contempla normas que regulan las relaciones del Estado con la Sociedad Civil en general. Se trata de normas que permiten al Estado intervenir, regular, modular y moldear la organización social, en aras del interés público (definido por una decisión del poder constituyente); o bien que establecen límites al Estado en relación con la Sociedad”. Fuente: Organizaciones Sociales. José María Serna de la Garza.
En lo referente al marco legal de las OSC, tenemos lo siguiente:
- La Constitución Politica de México, Artículo 9º; Libertad de asociación y de reunión. Leyes y reglamentos.
- La Ley federal de fomento a las actividades que realizan las organizaciones de la sociedad civil
- Los representantes ciudadanos del poder legislativo en las cámaras de senadores y diputados
- El Poder Judicial.
El Artículo 9º es fundamental para el entendimiento de la Libertad de Asociación y de Reunión en México.
B. Derechos Humanos.
El enfoque de derechos humanos aporta a las OSC, un marco desde el cual encontrar un lenguaje y un criterio de justicia común y una herramienta para la incidencia política.
Los derechos humanos son los que darán vida a las OSC, es ahí donde estará su búsqueda en cada una de las áreas de su especialidad cubriendo aspectos civiles, culturales, ambientales, sociales y económicos.
Es importante decir que dentro del conjunto de derechos humanos no existen niveles ni jerarquías pues todos tienen igual relevancia, por lo que el Estado se encuentra obligado a tratarlos en forma global, de manera justa y equitativa, en pié de igualdad y dándoles a todos el mismo peso.
C. Medios de comunicación.
Otro soporte y de manera importante se logra a través de la investigación, monitoreo y difusión de la actividad ciudadana que realizan los medios de comunicación a través de sus comunicadores, reporteros y analístas, ya sean como personas físicas o morales, desde el mundo analógico (prensa escrita, radio, televisión) o digital y de manera significativa en las redes sociales.
D. Asociados y voluntarios
En la necesaria salvaguarda de las OSC y de manera sustancial están sus integrantes, hombres y mujeres que participan por propia decisión, ya sea como asociados o voluntarios, y esto representa un gran poder al ser ciudadanos con obligaciones, con derechos y de manera importante con voz, y cuando se requiere con voto.
Siendo integrante de la sociedad civil y participante de una OSC no es opción quedarse alejado de un escenario conflictivo como el que nos aqueja, de lo contrario la misma sociedad lo reclamará hoy o en un futuro cuando nuestros hijos o nietos no se expliquen cómo es que nos quedamos con los brazos cruzados afectando su presente. Bien expresa la frase “Esta tierra no la heredamos de nuestros padres, se la pedimos prestada a nuestros hijos”.
El reto en este tema no concluye aquí, sino que surge otra pregunta: ¿Hasta a adónde la sociedad civil debe participar y protestar en materia de las decisiones de gobierno? La respuesta es: En sociedades democráticas el activismo y la protesta pública son un derecho constitucional, una exigencia de participación responsable.
Un gobierno que no concuerda con las OSC
En este 2021 están por cumplirse tres años del actual gobierno, y su desdén por las OSC se ha recrudecido, no únicamente en palabras entonadas con arrebato, sino sus acciones han ido más allá, reduciendo partidas presupuestales para cualquier programa que esté orientado a estos organismos, y no ha parado ahí, sino además ha “exigido” a gobiernos extranjeros que no den apoyo de ninguna especie a las OSC; la respuesta del gobierno de los Estados Unidos de Norteamérica, fue un tajante “no” a la “demanda” de López Obrador.
Reflexión
En un estado verdaderamente libre, el pensamiento y la palabra deben ser libres. Suetonio
Hoy se exige que replantemos variables y paradigmas con las que como sociedad nos hemos expresado y actuado, quedando formalmente obligados a conocer a fondo las políticas con las cuales el actual gobierno movilizará a este país, esto en términos de la participación de la sociedad en general y de las OSC, y de esta manera establecer nuevas estrategias y tácticas que a su vez forjarán un perfil diferente de organizaciones, así como de voluntarios y asociados de las OSC, incluyendo a los “stakeholders” internos y externos; esta pudiera ser una de las formas de resistir como sociedad a esta crisis, una más en la historia de México.
México ha vivido fuertes vicisitudes, no obstante, el país sigue en pie y con un potencial inmenso depositado en sus recursos y en su población, es por eso que gritamos con voz en pecho: ¡Salvaguardemos a los Organismos de la Sociedad Civil; Forjadores de una cultura económica, asociativa y cívica!
Éste contenido forma parte de un texto conmemorativo del 60º Aniversario (1961-2021) del Instituto Mexicano de Ejecutivos de Finanzas A.C. (IMEF)
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