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Conoce las medidas reales que tiene el SAT para determinar una discrepancia fiscal.
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El uso de tarjetas bancarias sí es una de las fuentes de información del sistema tributario.
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La facturación electrónica es otra medida que utiliza el Servicio de Administración Tributaria.
Recientemente en las redes sociales aparecieron publicaciones que señalan que el SAT vigilará los gastos con tarjetas bancarias para fijar multas o sanciones por erogar más de los ingresos que se tienen.
Lo primero que debemos aclarar es que no existe ninguna nueva disposición o regla fiscal en 2021 que de forma específica ordene vigilar todos los pagos con tarjeta de débito o tarjeta de crédito.
Por otro lado, sí existe la discrepancia fiscal, que es el proceso mediante el cual el SAT está facultado para revisar la información de un contribuyente a fin de conocer si sus gastos corresponden a sus ingresos.
La reforma fiscal de 2013 estableció que, tratándose de discrepancia fiscal, se considerarán erogaciones efectuadas por cualquier persona física las consistentes en gastos, adquisiciones de bienes y depósitos en cuentas bancarias, en inversiones financieras o tarjetas de crédito.
Es decir, las tarjetas bancarias son una de varias fuentes de información que tiene el servicio para obtener datos sobre los gastos de los contribuyentes.
El SAT incluso puede solicitar a los bancos la información que considere necesaria para poder fiscalizar a las personas.
De hecho, el SAT no necesita crear alguna regla nueva para checar qué pagaste con las tarjetas, ya que actualmente en la factura electrónica ya se especifica la forma de pago, es decir, se indica si pagaste con tarjeta, con transferencia electrónica, con cheque o con efectivo.
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Patricia López Padilla, vicepresidenta de la Comisión Fiscal de Coparmex Nacional, explica que la vigilancia sobre los contribuyentes y sus medios de pago de gastos ya existe y está relacionado con el tema de discrepancia fiscal.
“La discrepancia es cuando tienes erogaciones superiores a los ingresos declarados. Se entiende que ese diferencial constituye un monto de ingresos que no declaraste, que omitiste declarar”, apuntó.
Y añade: “una de las fuentes que toma en cuenta el fisco para revisar la discrepancia son las tarjetas porque las compras que se hacen con los plásticos son erogaciones y si estas compras superan los ingresos declarados se entenderá que hay una discrepancia, pero hay que tener claro que las tarjetas es una de varias fuentes de información”.
Recuerda que cumplir con tus obligaciones fiscales también es una forma de mantener tus finanzas personales sanas.