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Los tianguis y puntos de venta en la vía pública representan una de las alternativas de comercialización de productos y servicios con mayor arraigo en México.
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En espacios de comercio ambulante se venden productos apócrifos o piratas con mayor facilidad que en comercios establecidos.
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Descubre las nuevas disposiciones que restringen la venta de ciertos productos y servicios en espacios de venta en vía pública de la CDMX.
Los tianguis y puntos de venta en la vía pública representan una de las alternativas de comercialización de productos y servicios con mayor arraigo en muchas regiones de nuestro país, su origen se remonta a antes de la llegada de los españoles, por ejemplo, en ciertas localidades de influencia mexica… uno de los más célebres, históricamente hablando, era el de Tlatelolco.
Si bien en la actualidad perviven y son regulados por las autoridades de la Ciudad de México, los tianguis y mercados sobre ruedas coexisten con otras modalidades del comercio ambulante e informal y hay varias problemáticas que se han desencadenado a partir de ellos.
Por ejemplo, en espacios de comercio ambulante se venden productos apócrifos o piratas con mayor facilidad que en comercios establecidos; la cuestión tributaria es más difícil de controlar en estos espacios comerciales y se corre también el riesgo de vender productos de mala calidad -incluyendo bebidas y alimentos- y hasta objetos robados, todo esto por causa de una difícil regulación.
Por eso, el gobierno de la Ciudad de México publicó, a través de su Gaceta oficial, los Lineamientos de Operación de de Mercados Móviles en la modalidad de Tianguis, Bazares y Complementarios dentro de la capital mexicana.
Ahí se enuncia la prohibición para comercializar ciertos productos y servicios que, por su naturaleza, representan riesgos a la salud o pueden ser causales de acciones delictivas. La restricción aplica para la realización de tatuajes, perforaciones corporales o micropigmentación, venta de medicamentos, teléfonos celulares y bebidas embriagantes, entre otras cosas.
Por su parte, se permite la venta de abarrotes, alimentos preparados, artículos de higiene personal, accesorios para telefonía celular. A su vez, los horarios permitidos para la realización de actividades en estos puntos de venta será entre las 8 y las 19 horas.
Como mencionamos líneas arriba, el comercio informal en vía pública representa una tradición con gran arraigo para los mexicanos, por lo que sería imposible pensar en eliminarla, en todo caso, lo ideal es una adecuada regulación que garantice una calidad mínima en el servicio prestado y una correcta recaudación… todo rechazo adicional rayaría en la discriminación, que tanto le gusta expresar a muchos connacionales.