Sin duda alguna la clasificaciĆ³n de los paĆses latinoamericanos al mundial de futbol en Rusia 2018 no solo despierta y mueve pasiones entre los locales, los colombianos vivimos una especie de āboomā que es propio de la cultura hispana y que genera todo un macro entorno de nuevas estrategias y promociones unas no tan auditadas por la FIFA para generar promociĆ³n, publicidad y ventas.
Desde la venta informal hasta el e commerce y los productos que bajo la estacionalidad del evento generan todo un desarrollo de productos que desafortunada o afortunadamente (para los que no les gusta el futbol) desaparecen de a poco una vez la selecciĆ³n nacional es eliminada del juego mundialista.
En el modelo de negocio y el marketing que se genera no solo se benefician grandes marcas globales ( como Coca Cola o Bimbo) por nombrar algunos, que efectivamente tienen el permiso y patrocinio de la FIFA para generar este tipo de promociones, las tĆ”cticas para sacarle el provecho mĆ”ximo al evento se vive tambiĆ©n desde las marcas que no cuentan con el permiso de validar sus productos y entran en el juego del llamado marketing de emboscada o parasitario) que es una estrategia de marketing que consiste en aprovechar para promocionar o comunicar una marca en un evento sin pagar ningĆŗn tipo de patrocinio por el mismo.
La posiciĆ³n de Colombia es bastante ambigua y quienes inician acciones pretendiendo proteger sus derechos no cuentan con ninguna garantĆa para ganar el caso. Lo Ćŗnico que ha regulado la Superintendencia de Industria y Comercio son las promociones que tienen como premio la entrada a un partido del Mundial. Sin embargo, existen muchas otras formas de aprovecharse de la popularidad de estos eventos que no necesariamente se encuentran prohibidos por la ley. La lĆnea entre lo que es considerado legal e ilegal no es clara, por lo que es necesario analizar cada caso en particular.
En el 2015 la SIC ( Superintendencia de Industria y Comercio) considerĆ³ como un acto de competencia desleal el uso no autorizado de la imagen de la selecciĆ³n colombiana de fĆŗtbol, cuando no se es un patrocinador oficial. Igualmente, prohibiĆ³ el uso no autorizado de algunas marcas y la indebida explotaciĆ³n de la imagen de la FederaciĆ³n Colombiana de FĆŗtbol asociada a su SelecciĆ³n Colombia de FĆŗtbol, al incurrir en actos de infracciĆ³n marcaria y competencia desleal. La SIC pareciera tener claro que cuando se utilizan los signos distintivos de la Fifa o la FederaciĆ³n Colombiana de FĆŗtbol indirectamente se estĆ”n violando los derechos de los patrocinadores oficiales, al considerar estos actos como desleales y constitutivos de una infracciĆ³n marcaria. No obstante, cuando existen promociones y piezas de publicidad que no necesariamente hacen referencia a signos distintivos de la Fifa o sus patrocinadores oficiales, la posiciĆ³n que podrĆa asumir la SIC no es clara.
Para ello es necesario valerse del entorno legal de las marcas para conocer a profundidad si estas pueden lucrarse de forma legal del evento y de las ventas de los mismo usando con ancla la selecciĆ³n nacional de futbol y la FIFA.