El Tribunal Europeo de Derechos Humanos se pronunció en contra de EspaƱa luego de que programas que comentan la vida de las celebridades de ese paĆs, hicieron comentarios sobre la intimidad de la cantante mexicana Paulina Rubio.
La noticia que ha sido reportada por medios locales refieren la decisión tomada por los siete magistrados del Tribunal, apelando a que se violó el artĆculo octavo de la Convención de Derechos Humanos.
La sentencia se da a casi 11 años de que programas como Aquà hay tomate, Dónde estÔs corazón y Crónicas marcianas hablaron en 2015 sobre temas relacionados a la intimidad de la cantante.
Este tipo de regulaciones que limitan a los medios en su generación de contenidos basados en la vida privada de las celebridades se convierte en una pauta muy importante para un mercado de medios, sobre todo cuando los programas de entretenimiento son el cuarto tipo de contenido en televisión preferido a nivel mundial durante 2015, según cifras proyectadas por ARRIS y eMarketer.
También resulta interesante ver este tipo de regulaciones en la producción de contenido, en un momento en que este migra a nuevas plataformas como las digitales, haciendo que la apuesta en la información y su interacción con las audiencias crezca.
Rubio por su parte, es una celebridad y una marca personal que ha logrado asociarse con marcas en diversas campañas publicitarias, con resultados virales como ocurrió con Koleston, con un spot con mÔs de dos millones 775 mil reproducciones: