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Si juegas al fĂștbol con tu jefe, no puede despedirte

La relaciĂłn jefe-empleado no siempre es solemne y distante. Éste es un interesante caso que servirĂĄ de ejemplo para que ambas partes, en cualquier compañía, tengan muy en cuenta.

Buenos Aires, Argentina.- La relaciĂłn jefe-empleado no siempre es solemne y distante. Éste es un interesante caso que servirĂĄ de ejemplo para que ambas partes, en cualquier compañía, tengan muy en cuenta.

Un ex empleado de Volkswagen Argentina logrĂł que se no se considerara “con causa” su despido, que se habĂ­a generado a partir de una comunicaciĂłn que Ă©l enviĂł a dos de sus jefes, y que contenĂ­a lenguaje vulgar e irrespetuoso. El Tribunal argentino considerĂł que el empleado ya tenĂ­a desde antes del hecho una relaciĂłn informal con sus superiores. Y hasta que jugaban juntos habitualmente al fĂștbol.

“En su momento, el empleado enviĂł un e-mail a sus superiores, con quienes tenĂ­a una relaciĂłn casi amistosa, reclamando modificaciones relativas al uso de vehĂ­culos de la compañía y por cuestiones con el comedor, usando lenguaje vulgar”, publicĂł Diario Judicial en su reporte de casos de la Justicia Laboral argentina.

El email, que llegĂł tambiĂ©n a otros directivos, fue mal visto por la utilizaciĂłn de “un lenguaje por demĂĄs injurioso, soez y por lo tanto inaceptable”, algo “que de ninguna manera puede ser consentida por Volkswagen Argentina, ya que representa claramente la violaciĂłn de importantes obligaciones que en su carĂĄcter de trabajador disponen tanto normas legales, convencionales e internas”.

Así fue que lo despidieron con causa. El trabajador demandó a la compañía y la Justicia le dio la razón y ordenó que se lo indemnice.

recursos humanos 2
El empleado envió un e-mail a sus superiores reclamando modificaciones relativas al uso de vehículos de la compañía y por cuestiones con el comedor, usando lenguaje vulgar.

La explicaciĂłn de los jueces es que se probĂł que entre el demandante y sus superiores “existiĂł una relaciĂłn que excediĂł el estricto trato laboral ya que tuvo por demostrado que a lo largo del vĂ­nculo compartieron fiestas, eventos, partidos de fĂștbol, etcĂ©tera”, y desde esa perspectiva, juzgĂł desproporcionada la medida.

El texto habla de que “mĂĄs allĂĄ de la reprochabilidad que pudiera efectuĂĄrsele al accionante en relaciĂłn a los tĂ©rminos poco decorosos en los que se dirigió”, se acreditĂł en la causa “que era Ă©se el tipo de trato que se dispensaban”.


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