Subscribe to Merca2.0 and access more than 3,500 exclusive articles for subscribers. Click Here

Subscribe to Merca2.0. Click Here

¿Qué empresas no dan reparto de utilidades y por qué?

El reparto de utilidades es un derecho constitucional para que los trabajadores participen en las ganancias de las empresas

reparto de utilidades dinero billetes pesos

El reparto de utilidades es un derecho constitucional en México, establecido para que los trabajadores participen en las ganancias de las empresas donde prestan sus servicios. Sin embargo, hay excepciones claras que definen qué empresas están exentas de esta obligación y por qué.

¿Qué son las utilidades y cómo se pagan?

Las utilidades, conocidas técnicamente como Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas (PTU), representan la cuota de las ganancias anuales de una empresa que se distribuye entre sus trabajadores. Esta participación se calcula basándose en los ingresos netos anuales reportados por la empresa y se paga directamente al empleado en efectivo.

¿Cuándo es el último día para entregar las utilidades?

El último día para que las empresas realicen el reparto de utilidades es el 30 de mayo para las personas morales, y el 29 de junio para las personas físicas con actividades empresariales.

Requisitos para cobrar utilidades

Para tener derecho a recibir utilidades, un trabajador debe haber sido parte de la empresa durante el año fiscal anterior, independientemente de si su contrato era por tiempo determinado o indeterminado.

¿Cuándo llegan las utilidades?

Las utilidades se pagan una vez al año dentro de los plazos mencionados anteriormente, dependiendo de si la empresa es una persona moral o física.

LEE TAMBIÉN.  Ofertón del Hot Sale 2024: Cafetera de espresso y capuchino en menos de 800 pesos

¿Quiénes tienen derecho a utilidades?

Todos los trabajadores que contribuyen a la generación de ingresos en una empresa tienen derecho a participar en el reparto de utilidades, incluidos los trabajadores de base, confianza, sindicalizados, no sindicalizados, eventuales y de planta.

¿Si renuncio, me tocan utilidades?

Sí, los trabajadores que renuncian tienen derecho a recibir utilidades correspondientes al tiempo que trabajaron durante el año fiscal de referencia, siempre y cuando cumplan con los requisitos mínimos de antigüedad.

LEE TAMBIÉN. Descuentazo de Hot Sale 2024. Philips multiprocesador de alimentos y licuadora con 70% descuento

¿Cuánto tiempo debo trabajar para recibir utilidades?

No existe un mínimo de días requeridos para tener derecho a utilidades; cualquier trabajador que haya estado empleado durante el año fiscal correspondiente es elegible para recibir este beneficio.

¿Cómo calcular mis utilidades?

La legislación mexicana especifica que el reparto de utilidades a los trabajadores se calcula utilizando el 10% de la utilidad neta de la empresa, la cual se determina a partir de la declaración fiscal del año anterior. Este 10% se reparte entre todos los trabajadores de la empresa, tomando en cuenta dos factores principales:

  • Cantidad de días laborados: Se considera el número de días que cada trabajador estuvo empleado en la empresa durante el año fiscal. Esto significa que aquellos que hayan trabajado más días recibirán una proporción mayor de las utilidades.
  • Salario recibido: El salario que cada trabajador recibe también influye en la cantidad de utilidades que le corresponden. Aquellos con salarios más altos recibirán una porción más grande del reparto, reflejando su mayor contribución económica a la empresa.

¿Me tocan utilidades si renuncié?

Como se mencionó anteriormente, incluso si un empleado renuncia, tiene derecho a las utilidades correspondientes al período que trabajó durante el año fiscal anterior.

Empresas que no pagan las utilidades

Algunas empresas están exentas del reparto de utilidades, como aquellas de nueva creación durante el primer año de operación, las empresas de la industria extractiva en período de exploración, y las instituciones de asistencia privada sin fines de lucro. Esta medida busca equilibrar los gastos iniciales elevados o las naturalezas especiales de estas organizaciones que podrían hacer insostenible el reparto de utilidades.

⇒ SUSCRÍBETE A NUESTROS CONTENIDOS EN GOOGLE NEWS

 

 

 

Obtén un més gratis a Merca2.0 premium

Cancela en cualquier momento
Acceso exclusivo a rankings y radiografías.
Análisis profundos y casos de estudio de éxito.
Historial de la revista impresa en formato digital.

¡Disfruta de lo mejor del marketing sin costo alguno por un mes!

Más de 150,000 mercadólogos inscritos en nuestros boletín de noticias diarias.

Premium

Populares

Únete a más de 150,000 lectores

Regístrate a nuestro newsletter en la siguiente forma y recibe a primera hora las noticias más importantes de mercadotecnia, publicidad y medios en tu correo.

Más de Merca2.0

Artículos relacionados

You don't have credit card details available. You will be redirected to update payment method page. Click OK to continue.