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Jorge Valencia
Jorge Valencia

Ya me quiero ir, ¿Puedo venderle el negocio a mi tía?

Antes de quemar el negocio en el mercado por falta de dedicación, entusiasmo o interés busca traspasar tu unidad con la aprobación y ayuda del Franquiciante.

La mayoría de los contratos de franquicia especifica una vigencia (en Latinoamérica el promedio es de entre 6 y 8 años) y contiene cláusulas de rescisión para cuando te portas mal y es, regularmente, muy claro respecto de lo que hay que hacer cuando el contrato es rescindido por parte del Franquiciante; sin embargo también es claro que no podrás dar por terminado el contrato sin autorización del Franquiciante por lo que deberás de ser muy cuidadoso de que este tipo de condiciones se platiquen con anterioridad y se llegue a un buen acuerdo antes de firmar el contrato; o bien en sistemas muy nuevos y marcas con poco tiempo franquiciando, probablemente encontrarás que el contrato no prevé este tipo de situaciones o no es muy claro al respecto.
Imagínate la situación en la que te has portado bien, fuiste un buen operador siempre seguiste los consejos del Franquiciante; sin embargo, el mercado no respondió y el negocio no obtuvo los resultados que esperabas. Tu no vas a poner de tu bolsa para pagar las regalías y para pagar la renta; es necesario tomar la decisión fatal de cerrar (decisión que en muchos casos es muy difícil de tomar) y es cuando se nos olvida ver el contrato para ver que acordamos en caso de cerrar: ¿hay penas por rescindir el contrato anticipadamente?
¿Tengo que pagar algo al Franquiciante por cerrar? ¿El Franquiciante tiene la primera opción sobre mis cosas? ¿Puedo venderle el negocio a mi tía?
¿A qué precio tengo que vender? etc.
En este caso tienes dos opciones, o cierras y te vas a llorar a tu casa, y llenas toda tu sala de mobiliario y equipo; o buscas otro local y te reubicas. Si al final del camino resulta que el sistema de franquicia que seleccionaste no es lo que esperabas, no se están cumpliendo las promesas ni las expectativas, los problemas de tu operación se derivan de problemas del sistema que no está en tus manos solucionar o simplemente el negocio realmente no es lo que te dijo el vendedor de humo, NO esperes el inevitable final negativo, negocia una salida antes de perder más de lo que ya has invertido, y lo más importante antes de perder tú tiempo.
Antes de quemar el negocio en el mercado por falta de dedicación, entusiasmo o interés busca traspasar tu unidad con la aprobación y ayuda del Franquiciante, si has operado correctamente la unidad, es posible que obtengas una ganancia por el tiempo invertido.
También existe la posibilidad de que el negocio si funcione, el local haya sido el adecuado y que tú por las circunstancias que sean (ya no puedes operar, te aburriste del negocio, te cambias de ciudad, te casaste, tuviste un hijo, te dieron el empleo de la vida, etc.) decidas vender el negocio funcionando, es decir no hay que cerrar. Es importante que sepas que no puedes vendérselo a tu tía así nomás porque si, ¿qué crees?
Nuevamente necesitas autorización del Franquiciante para poder traspasar el negocio.
Pero ¿por qué si es mi negocio y son mis mesas y yo las pagué? Pues muy simple: porque el Franquiciante te otorgó la franquicia por las características personales que demostraste durante el proceso y por la compatibilidad que tienes respecto al giro del negocio; es por esto que no podemos darnos el lujo de que le vendas a alguien que no tiene el perfil para manejar la franquicia y deberemos buscar al nuevo inversionista
cuidadosamente (en algunos casos el inversionista puede ser referido por el Franquiciante) y que dicho inversionista realice su trámite como si fuera nuevo y que sea aceptado en lo personal por el Franquiciante y que una vez que sea aceptado por la Franquicia podrá estar en disposición de comprarte el negocio. En la mayoría de los casos el precio de venta es establecido por el Franquiciatario y el Franquiciante solo vigila que no sea excesivo, pero no regula el precio ni la forma de la transacción sin embargo, en lo general también pedirá nuevamente una contraprestación inicial al nuevo franquiciatario.
¿Le bajo los letreros y pongo mi propio negocio? En casi todos los contratos de franquicia existe algo que se denomina cláusulas de no competencia. La cláusula de no competencia te compromete a no operar un negocio similar al del sistema de franquicia que adquiriste, por un periodo de tiempo una vez concluido el contrato de franquicia. Es verdad que no pueden limitar tu actividad y que al término del contrato podrías poner un negocio del mismo giro, pero podrías enfrentar varios procesos legales, el Franquiciante puede argumentar que estas utilizando sus secretos industriales y su saber hacer para la creación de este nuevo negocio. No solo son la imagen, mobiliario y nombre, es la fórmula completa de operación del negocio, que puede ser cualquiera de sus partes; así que hay que tener mucho cuidado cuando firmemos este tipo de acuerdos, la franquicia es uno de esos acuerdos que no terminan el día que rescindimos el contrato.
Permíteme reproducir una parte de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial en su artículo 248 (https://leyes- mx.com/ley_federal_de_proteccion_a_la_propiedad_industrial/248.htm) que nos hace
referencia al tema que te estoy comentando, “el Franquiciatario deberá guardar durante la vigencia del contrato y, una vez terminado éste, la confidencialidad sobre la información que tenga dicho carácter o de la que haya tenido conocimiento y que sean propiedad del Franquiciante, así como de las operaciones y actividades celebradas al amparo del contrato”; interesante que no se mencione un período de tiempo después de terminado el contrato ¿no crees?.
Si tú eres de los que piensan que estamos en los ochentas y que puedes bajar los letreros y poner el mismo negocio solo cambiándole los colores de las sillas, te recomiendo que lo pienses no una ni dos, sino cien veces ya que te puedes meter en graves problemas; aunado a eso si eres de los que piensan que lo pongo a nombre de mi empleada o de mi tía segunda te recomiendo que revises la jurisprudencia al respecto en
donde ya habido casos de vinculación en donde los jueces han dado la razón al Franquiciante. A veces pensamos que ponemos el nuevo negocio a nombre de mi tía, pero hay que tener cuidado porque podemos tener muchos problemas por no hacer las cosas bien, y querernos pasar de listos.
Espero que esta columna semanal sea de utilidad para ti y para tu negocio. Recuerda visitar mi canal de Youtube;FranchiseZar; donde encontrarás un gran acervo en temas de negocios, franquicias y emprendimiento. Escúchame en el canal de FB de LA FORMULA DE LA FRANQUICIA todos los miércoles a las 19:00 horas cdmx. ¿Interesado en adquirir una franquicia? Pregúntale a FranchiseZar y #notedejessoprender. Se despide de ustedes su amigo el Zar de las Franquicias, nos vemos en la próxima.

 

 

 

 

 

 

 

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