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Joel Gomez

10 Tips básicos para redactar cualquier contrato

La dinámica propia de los negocios, particularmente tratándose de MIPYMES (Micro, Pequeñas y Medianas Empresas), en muchas ocasiones motiva a los emprendedores y microempresarios a redactar por si mismos sus propios contratos

Por: Joel Gómez
Twitter: @JoelGomezMX
Email: [email protected]

La dinámica propia de los negocios, particularmente tratándose de MIPYMES (Micro, Pequeñas y Medianas Empresas), en muchas ocasiones motiva a los emprendedores y microempresarios a redactar por si mismos sus propios contratos. Aunque nunca será aconsejable hacerlo, cuando no queda de otra opción (ya sea por ausencia de recursos para contratar a un abogado o por las prisas por cerrar un negocio que puede desaparecer si no se toman decisiones rápidas), toma en cuenta las siguientes recomendaciones:

1.-Identifica tu contrato. ¿Qué se contrata? No es lo mismo comprar un bien, que rentar un inmueble o brindar un servicio. Aunque existen reglas que pueden ayudar a esclarecer la naturaleza de un contrato (no por su título, sino por su contenido), siempre será preferible que ambas partes tengan claridad que les permita identificar si lo que están celebrando es un contrato de compraventa, arrendamiento o prestación de servicios profesionales, solo por mencionar algunos ejemplos.

2.-Identifica a las partes. ¿Quiénes están contratando? Punto muy importante, no confundas el nombre de la persona con quien está negociando con el nombre de la identidad contratante. Puedes contratar con personas físicas o personas morales (empresas). Si estás contratando con una empresa, asegúrate de así establecerlo en el contrato. Si este es el caso, incluye la razón o denominación social completa (“nombre legal”) de la empresa o despacho de consultores con quien estás contratando. Si tienes dudas, pregunta: “¿representas a una sociedad mercantil formalmente constituida ante Notario/Corredor Público o actúas en esta transacción como una persona física con actividades empresariales?”.

3.-Identifica el objeto del contrato. ¿Cuál es la finalidad principal del contrato? La primera cláusula en un contrato siempre debe ser la de OBJETO. Aquí se deben describir a grandes rasgos o a detalle cuáles son las finalidades del contrato. Por ejemplo: “Por virtud de este Contrato de Compraventa, la Parte A se obliga a vender X cosa a la Parte B, quien se obliga a comprarla por un precio de $”.

4.-Identifica los pormenores de las obligaciones de las partes. ¿Qué derechos y obligaciones tienen las partes? En la cláusula del contrato describes “qué” se contrata, en el resto de las cláusulas puedes describir otras situaciones como el “cuándo”, “cómo” y “dónde”. Si en la primera cláusula ya mencionaste que vas a vender algo, en las demás puedes decir: qué características tiene el producto objeto de la compraventa, cómo y dónde se va a llevar a cabo la entrega del producto, y si hay obligaciones adicionales como contratar un seguro, determinado transporte, etc. Para mantener un orden y secuencia, siempre será bueno dividir en cláusulas separadas los derechos y obligaciones del comprador (o arrendador, prestador de servicios) y los derechos y obligaciones del vendedor (o arrendatario, beneficiario).

5.-Determina si existen penalizaciones. Es común pactar cláusulas penales en donde se especifique qué sucede si una de las partes no cumple con sus obligaciones. Regularmente se trata de castigar a la parte que está obligada a entregar el bien o servicio, si no lo hace en tiempo o con la calidad requerida. Pero también podría aplicar una “pena” para el comprador si no paga en tiempo el producto o servicio comprado. Evita abusos que puedan invalidar tu contrato o tu cláusula penal, nunca pactes una pena que vaya más allá del valor total del contrato. Si hay servicios involucrados, estas “cláusulas penales” suelen derivar de otras cláusulas o anexos denominados “Service Level Agreement” (acuerdo de nivel de servicio), las cuales tienen por objetivo regular los niveles mínimos para cumplir con una exigencia u obligación de servicio. Ejemplos: “Se deberán contestar de manera satisfactoria al menos 9 de cada 10 llamadas de los clientes, si no aplica la pena convencional X”, “la página web deberá estar funcionando el 95% del tiempo al mes, si no aplica la pena convencional Y”.

6.-Deslinda responsabilidades. Aclara en el contrato por qué cosas no es responsable alguna (o ambas) de las partes. Por ejemplo, en un contrato de servicios: “la empresa que brinda el mantenimiento a los equipos no se hará responsable de cualquier desperfecto o malfuncionamiento en caso de que terceros no autorizados intervengan los equipos”, “la agencia no será responsable de retrasos en la entrega de la campaña publicitaria si no recibe por parte del cliente los diseños o artes en el tiempo convenido” o “cada parte es responsable por sus propios empleados y reconoce que no hay relación laboral alguna entre las partes y sus empleados”.

7.-Finca responsabilidades. En ocasiones querrás que la parte contratada se haga responsable de determinadas situaciones, no necesariamente incumplimientos, por ejemplo: “el proveedor se hará responsable por cualquier desperfecto, daño o actos ilícitos cometidos por sus empleados en el desempeño de sus funciones dentro de la empresa”, “el desarrollador de software se hará responsable en caso de que el cliente sea acusado o demandado por infringir cualquier ley de propiedad intelectual”, o “el prestador de servicios sacará en paz y a salvo a el cliente en caso de que alguno de sus empleados inicien demandas laborales en su contra”.

8.-Protege tu información y datos personales. Casi todos los contratos involucran en mayor o menor medida el acceso, conocimiento o inclusive transferencia o divulgación de información confidencial, secretos industriales y/o datos personales. Recuerda que por ley (y no me refiero a una, sino a muchas) estás obligado a mantener la confidencialidad, seguridad, y disponibilidad de la información, así como a respetar el tratamiento de datos personales. Son casi siempre indispensables las cláusulas de confidencialidad y la de protección de datos personales (son diferentes, no hay que confundirlas ni mezclarlas).

9.-Ley y jurisdicción aplicable. Esta cláusula es básica y suele pasarse por alto en muchos contratos. Si una de las partes está en Nuevo León y la otra en el Distrito Federal, ¿cuáles leyes serán aplicables? ¿qué tribunales intervendrán en caso de que exista un conflicto entre las partes? Para evitar problemas de esta naturaleza, siempre será mejor pactar anticipadamente qué ley regirá el contrato y cuáles tribunales serán los competentes para atender cualquier conflicto derivado del mismo.

10.-Vigencia. Si las obligaciones son de tracto sucesivo (se desarrollarán durante varios días, meses o años), recuerda incluir una cláusula de vigencia. Establece cuánto tiempo las partes estarán obligadas a cumplir con el contrato, especialmente si se trata de arrendamiento o prestación de servicios profesionales.

Por último recuerda verificar que quien firma el contrato tiene poder para hacerlo. De poco sirve firmar el contrato si la persona que lo hace no es apoderado o no está autorizado para hacerlo. Si no pudiste contratar a un abogado para que lo hiciera, procura al menos pasar a revisión el contrato a un abogado, el consejo legal y profesional de un experto debe prevalecer sobre cualquier práctica de negocios.

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